Embed - Tarifazo de luz en Jujuy: economista analizó las facturas de EJESA
Por supuesto que esto sería imposible (a menos que esté adulterada) ya que la campaña de fake news que los funcionarios han desplegado no tiene correlato con el subtotal de energía que deberán pagar los usuarios, siempre y cuando no quieran quedarse a oscuras, una cortesía que el procurador de Fiscalía de Estado, Sebastián Albesa les dejó durante su última visita al Juzgado Contencioso Administrativo (recurrió una resolución que impedía corte de servicio).
Los únicos dos conceptos que tuvieron subas superiores al 70% son Cargo Fijo y Uso de Red, ambos regulados por SUSEPU que vía Resolución N°60/2024 aprobó las solicitudes de la empresa distribuidora de energía sin mayores exigencias. Ambos conceptos cubren los costos operativos de EJESA y su rentabilidad, teniendo implicancia directa sobre las tasas e impuestos de origen nacional-provincial que componen el otro 35% del total.
Valores correspondientes a tarifa residencial N3 para consumo superior a 300 kWh
Cargo Fijo $1.242 → $1.822 = 73,67%
Cargo por uso de red $19,8536 Kwh → $34,4734 Kwh = 73,64%
Cargo por consumo de energía N3 $5,8409 Kwh → $5,9146 = 1,26%
El tercer ítem del subtotal energía eléctrica corresponde al valor del Kilovatio hora, determinado por la Secretaría de Energía por exigencias del Mercado Eléctrico Mayorista a quien EJESA le compra la electricidad, ha variado entre el primer y segundo bimestre poco más del 1%, hecho constatable al comprar las facturas. Distinta es la situación para los usuarios residenciales de altos ingresos (N1) y aquellos que han superado el tope de kWh subsidiado, actualmente pagando tarifa plena. Usuarios comerciales, industrias y otros grandes consumidores también debieron afrentar subas por encima del 300% que nada tienen que ver con el conflicto doméstico que el ente contralor jujeño se aferra en negar.
“ Se espera que pronto haya un aumento en el MEM y por lo tanto se le van a caer todos los discursos a los referentes del gobierno en materia energética, porque va a aumentar nuevamente y no le van a poder echar nuevamente la culpa Milei ”, anticipó Toffolo sobre el impacto que eventualmente tendrá la nueva política sin subsidios que impulsa el gobierno nacional.
Cualquiera puede verlo, solo con comparar el cargo que dice consumo de energía con la factura del período anterior y va a haber que varió poco más de 1% en cambio los otros subieron Cualquiera puede verlo, solo con comparar el cargo que dice consumo de energía con la factura del período anterior y va a haber que varió poco más de 1% en cambio los otros subieron
Durante 2022 la información que hoy tratan de distorsionar Pizarro, Oehler y compañía tenía otra presentación. En las facturas de EJESA aparecía discriminado el subtotal correspondiente al Valor Agregado de Distribución (VAD) y por separado el precio que CAMMESA le impone a las transportadores y distribuidoras. Todavía se desconocen las motivaciones tras el cambio de presentación, pero es innegable que la información a disposición del usuario para entender lo que paga se redujo notablemente.
Para transparentar la situación, el contador sugirió que ambas organizaciones, SUSEPU en su carácter de ente autárquico de control de servicios públicos y EJESA como empresa concesionaria sean sometidos a una serie integral donde pueda ser deducido y justificado:
- Las motivaciones para subir exponencialmente el Cargo Fijo y Uso de Red.
- El destino de los fondos millonarios transferidos a SUSEPU en concepto de tasa de fiscalización.
- Motivaciones para incrementar el Cargo FOPEJ y su aplicación sobre el Sistema Aislado.
- Falta de contraprestación por el pago de la tasa correspondiente al servicio de Alumbrado Público.
- Parámetros para establecer la tasa que EJESA cobra en caracteres de intereses moratorios y punitorios.
Me preocupa que estas personas salgan a desconocer la variación del VAD, si ellos no lo reconocen o se escudan en que los ajustes trimestrales son por contrato… De cuánto y en función de qué, estamos hablando de 70% de aumento… Han reformado la Constitución de manera exprés, un contrato de concesión tranquilamente podría revisarse Me preocupa que estas personas salgan a desconocer la variación del VAD, si ellos no lo reconocen o se escudan en que los ajustes trimestrales son por contrato… De cuánto y en función de qué, estamos hablando de 70% de aumento… Han reformado la Constitución de manera exprés, un contrato de concesión tranquilamente podría revisarse