La Fiscalía de Investigación Penal Preparatoria de Palpalá dio por concluida la etapa de instrucción y formalizó el requerimiento de citación a juicio contra el conductor de la camioneta involucrada.
Fuentes judiciales confirmaron que las actuaciones, encabezadas por el fiscal Alejandro Maldonado, ingresaron formalmente a la mesa de entradas del juzgado de control tras la presentación realizada el pasado 2 de octubre.
En ese marco, la sede judicial fijó fecha para el próximo 19 de noviembre, a las 8.30, para la realización de la audiencia de control de acusación, la instancia clave donde las partes debatirán las pruebas previo a la apertura formal del debate oral y público.
Mecánica del siniestro en Alto Comedero
El violento suceso ocurrió durante la mañana del pasado 8 de mayo de 2026, alrededor de las 8.45, a la altura del predio del Club Suri, en la zona de Alto Comedero. En esas circunstancias, una camioneta Toyota conducida por un hombre de 38 años circulaba en sentido norte-sur cuando realizó una maniobra brusca hacia la izquierda.
El vehículo mayor atravesó el cantero central que divide las calzadas de la autopista e invadió el carril contrario, impactando de frente contra un automóvil Chevrolet Prisma que transitaba en sentido opuesto.
Como consecuencia de la violencia del impacto, los ocupantes de las plazas delanteras del automóvil —un matrimonio oriundo de Palpalá identificado como José Ignacio Pinto y su esposa— fallecieron en forma instantánea. En tanto, las dos hijas de la pareja, quienes viajaban en el asiento posterior, resultaron con lesiones de suma gravedad y debieron ser trasladadas de urgencia al Hospital Pablo Soria.
La acusación por dolo eventual y la escala penal
Con la recolección de las pericias accidentológicas, testimonios y los informes técnicos incorporados al expediente, el fiscal Maldonado encuadró definitivamente la conducta del imputado bajo la figura penal de doble homicidio con dolo eventual y lesiones graves con dolo eventual, en concurso real.
La diferencia procesal resulta sustancial respecto del encuadre culposo inicial: la imputación por homicidio simple bajo dolo eventual —regulada por el artículo 79 del Código Penal— contempla un marco punitivo que establece penas de entre 8 y 25 años de prisión efectiva.
Entre los elementos presentados en el requerimiento de juicio, la fiscalía incluye el análisis de los registros de telefonía móvil del conductor para determinar si al momento de cruzar la autopista realizaba maniobras o distracciones ajenas al manejo.