Ya es vox populi que los ítems que se dispararon entre 70% a 150% en los hogares de bajos y medios ingresos en febrero, corresponden exclusivamente al Valor Agregado de Distribución (VAD) es decir a los costos del servicio y la ganancia de EJESA, mal que le pese a los funcionarios que perjuraron, trasladando culpas al gobierno nacional por un hecho que todavía no ha ocurrido.
Cuando eventualmente Nación libere toda asistencia de fondos que aún contienen el precio en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), los usuarios deberán tomar grandes recaudos, se estima que el salto en las facturas podría multiplicarse hasta x12.
La abogada y titular del Comité de Defensa del Consumidor(CODELCO) Alicia Chalabe, quien ya había presentado recursos de amparo contra la controversial Resolución N°182/2022 y la mencionada N°60 del presente año, no ocultó su sorpresa y fastidio ante este nuevo atropello, entendiendo que la cuestión de fondo continúa sin ser zanjada a pesar de los tímidos intentos del gobierno por calmar las masas: la relación salario-tarifa no es correlativa como exige la jurisprudencia.
"De todas formas, sabremos en qué consiste esta acta acuerdo el día de la audiencia, donde también sabremos cómo se fijó en relación al monto de la tarifa cuestionada, porque puede haberse hecho un acuerdo hacia adelante pero sobre la base de la tarifa con aumento cuestionada en la justicia en abril", explicó sobre las próximas audiencias a concretarse en el Tribunal Contencioso Administrativo.
Si se da un nuevo aumento, sigue cuestionada, y seguiremos cuestionando los montos que se sumen al anterior. El fondo de la cuestión es que la tarifa es injusta e irrazonable si no contempla los niveles salariales que tenemos en Jujuy Si se da un nuevo aumento, sigue cuestionada, y seguiremos cuestionando los montos que se sumen al anterior. El fondo de la cuestión es que la tarifa es injusta e irrazonable si no contempla los niveles salariales que tenemos en Jujuy
Embed - Sorprendió la publicación de un nuevo cuadro tarifario de EJESA: el análisis
No conformes con el tarifazo causado por la Resolución N°60 retroactiva desde febrero, que causó indignación en los contribuyentes de toda la región, la distribuidora EJESA solicitó la actualización trimestral facultada por el contrato de conseción. La Superintendencia de Servicios Públicos (SUSEPU) cuyos intereses en resguardar la rentabilidad de la empresa todavía son blanco de especulación volvió a dar el visto bueno sin miramientos aprobando las dos versiones de la Resolución N°195 en base a los nuevos parámetros dispuestos en el Decreto Acuerdo N°575/2024.
A diferencia de lo ocurrido con su antecesora, el cálculo para los consumos de junio y julio ya no tomaron como base la inflación trimestral, si no la variación salarial de los trabajadores de la administración pública provincial que fue de 10% en abril y otro 10% para con los haberes de mayo que serán percibidos en los próximos días.
Como fue advertido oportunamente por el contador jujeño Jeremías Toffolo, en términos reales la medida es improcedente, entendiendo que el Índice de Variación de Precios (IPC) medido por Indec o su equivalente local DIPEC, está tendiendo a la baja. Por lo tanto la remuneración de un asalariado estatal podría recuperarse en el corto plazo frente a la inflación pero el precio de la luz escalaría por encima de los restantes productos, bienes y servicios.
Comparando los cuadros de mayo-junio-julio para las categorías de usuarios residenciales alcanzadas por el tope de subsidios (hasta 400 kWh mensuales) y correspondientes a los tres segmentos tarifarios que fija la Secretaría de Energía nacional N1-N2-N3 se observa una variación en los conceptos: Cargo Fijo de 10% transversal para todos los consumidores y en Uso de Red de 29,5% en hogares de altos ingresos y 12% promedio para bajos-medios ingresos.