Para esclarecer, es importante tener en cuenta que la legislación vigente, tanto nacional como provincial, regula estos servicios públicos y las tasas que se cobran por ellos. Sin embargo, en Jujuy y en toda la provincia, aún no existe una uniformidad clara en el sistema de gestión del estacionamiento tarifado, lo que genera confusión y desconcierto entre los vecinos.
El estacionamiento tarifado debe ser evaluado en audiencia pública
Muchos vecinos que pagan por estacionamiento tarifado en Jujuy se sienten confundidos. No entienden bien cómo se determina la tarifa, qué ordenanzas están en juego, ni cuál es la naturaleza de esta legislación tributaria que los obliga a pagar. La realidad es que resulta difícil entender qué están pagando exactamente.
Este escenario requiere que la normativa sea clara, alineada con la constitución nacional, la constitución provincial, y las leyes vigentes.
Aquí parece que todo se hace al margen de la ley.
Hay que respetar la autonomía de los municipios, pero a la vez, que exista un marco legal superior que ordene y unifique la aplicación de estos servicios públicos.
Desde el poder legislativo, que es el que crea y sanciona las leyes, hace falta una norma que establezca claramente cómo deben regularse estos servicios de estacionamiento tarifado, cuánto se puede cobrar, qué derechos tienen los usuarios y cómo se garantiza la transparencia en el cobro. Solo con un marco legal uniforme, los vecinos podrán entender mejor por qué pagan y qué servicios están recibiendo a cambio.
Cuando hablamos de servicios públicos, como el transporte, el agua, o el estacionamiento tarifado, debemos tener presente que, según la constitución nacional, estos son considerados bienes o servicios que están destinados a satisfacer necesidades colectivas. Por eso, cualquier decisión que implique modificar tarifas, precios o condiciones de estos servicios debe seguir un procedimiento formal y transparente, que en nuestro país incluye la convocatoria a una audiencia pública. Pero cuidado no la fantochada del municipio de la capital avalda por el Concejo Deliberante de ofrecer una audiencia pública por mail como sucedió en el caso tarifas del servicio de transporte público de pasajeros. Ese invento no existe en ninguna parte del mundo.
La audiencia pública es una instancia en la que los funcionarios responsables del servicio se reúnen cara a cara con los vecinos y contribuyentes. Es el momento en el que se explica en qué consiste el servicio, cuánto cuesta, cuáles son los destinos del dinero recaudado, y se escuchan las opiniones y propuestas de la comunidad.
Lamentablemente, en algunos casos, como en ciertos municipios, esta instancia no se cumple adecuadamente desde el punto de vista democrático y participativo.
La audiencia pública debe ser un encuentro presencial, donde la gente pueda expresar sus inquietudes y recibir información clara y directa.
lo fundamental es que la audiencia pública garantiza la transparencia, la participación de la comunidad, y que todos los vecinos estén bien informados sobre cuánto pagan y en qué se gastan sus impuestos y tasas. Solo así se asegura que las decisiones sobre los servicios públicos sean legítimas y alineadas con los derechos de los contribuyentes.
Cuando hablamos de tarifas y sanciones por no pagar un servicio público, como el estacionamiento tarifado, la idea principal es que todo debe ser razonable. Esto mismo aplica a las multas: deben ser proporcionales y justas, no excesivas ni desmedidas.
En nuestra ciudad, existen ordenanzas que establecen reglas claras sobre estos temas, pero muchas veces no se cumplen o no se aplican correctamente. Por ejemplo, un vecino frentista, alguien que vive frente a su casa, no debería estar impedido de estacionar en su misma puerta solo porque debe pagar una tarifa. la ordenanza, que en teoría lo permite, en la práctica, muchas veces no se respeta.
Además, hay excepciones importantes: el propio propietario puede estacionar en un radio de 200 metros de su domicilio sin pagar, y también los ciudadanos en situación de vulnerabilidad, como quienes llegan al área tarifada por motivos de trabajo, deberían estar exentos o tener facilidades para evitar pagar de más.
En definitiva, las normas y tarifas deben ser justas, razonables y aplicadas correctamente para que todos los vecinos tengan igualdad de derechos y se respete la verdadera finalidad de un servicio público accesible y transparente.
Los ciudadanos, tienen derechos, y uno de ellos es poder apelar o presentar un recurso administrativo si se considera que una multa es injusta o no está bien fundada. Es decir, se puede cuestionar la sanción ante las autoridades correspondientes.
Sin embargo, en algunas circunstancias, esas garantías no se cumplen. Muchas veces, el vecino que recibe una multa se ve obligado a pagarla sin poder presentar una apelación o defensa real, aunque tenga argumentos válidos para hacerlo. Esto va en contra del derecho que tenemos todos como ciudadanos a controvertir las decisiones administrativas.
La justicia en la administración pública implica que nadie debe ser sancionado sin la posibilidad de defenderse, y que las multas deben estar fundadas en motivos claros y razonables. La obligación de pagar, sin la posibilidad de apelar, limita la transparencia y la protección de los derechos de los vecinos, y esa situación necesita corregirse para que la justicia y la legalidad se respeten en todos los aspectos.
El proyecto es de la autoría del diputado Carlos Haquim y está bajo tratamiento en distintas comisiones en la Legislatura.
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