"Esa Constitución ha sido sancionada por personas que no estaban habilitadas para ser convencionales constituyentes, entre ellos el principal es el gobernador de la provincia", sostuvo el letrado.
Por consiguiente hizo alusión al artículo 100 de la nueva y vieja Constitución que señala lo siguiente: "Los convencionales constituyentes no pueden ejercer ningún tipo de función mientras ejerzan el mandato de convencionales".
En esta misma línea dijo que el artículo 131 de la Constitución provincial remarca: "es incompatible el cargo de gobernador y de vicegobernador con cualquier otra función o empleo público, privado o actividad comercial, industrial o profesional, no pudiendo tampoco percibir emolumento alguno de la Nación o de otras provincias".
"El gobernador no puede ejercer ningún tipo de función pública, ni privada, profesional ni de ninguna índole mientras ejerce el cargo de gobernador. La Constitución lo manifiesta de este modo", aseveró.
Hicieron lugar al pedido de prórroga de prisión
Paralelamente la Justicia jujeña, a través del juez de control, Rodolfo Fernández, determinó extender por diez días más la prisión preventiva del abogado Nallar, acusado de instigación a cometer delitos y alzamiento público. El letrado, que representa a comunidades aborígenes de Caspalá y de otras localidades jujeñas, fue detenido el 13 de julio en su casa de El Carmen y le dictaron prisión domiciliaria por 20 días, que se habrían cumplido recientemente.
En la resolución, el juez Fernández hizo lugar al pedido de prórroga de la prisión preventiva del imputado Nallar por diez días más, todo ello de conformidad de los artículos 296 –inciso b- y 300 del código procesal penal y por los fundamentos dados en el presente exordio.
Un reclamo para que se revisen las reformas
El procurador general interino Eduardo Casal en un dictamen firmado este viernes 4 de agosto solicitó a la Corte Suprema de Justicia revisar la constitucionalidad de la reforma de la Constitución de la provincia de Jujuy empujada por el gobernador Gerardo Morales. La decisión de la Procuración llegó luego de que el Ministerio de Justicia a cargo de Martín Soria se presentara ante el Máximo Tribunal con un reclamo para que se revisen las reformas aprobadas a fines de junio pasado en medio de un clima de protestas y feroz represión.
"A mi modo de ver, en atención a la naturaleza de las partes que han de intervenir en el pleito, la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte", opinó Casal en declaraciones a la prensa.
El procurador Casal dictaminó que la Corte no debe intervenir en la reelección de intendentes bonaerenses. Casal sostuvo que "en efecto, toda vez que el Estado nacional, que tiene derecho al fuero federal, demanda a la provincia de Jujuy, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciar la demanda en esa instancia, cualquiera sea la materia del pleito".
La resolución, de tres carillas, arranca con un repaso de los puntos centrales que había presentado el Ministerio de Justicia en su demanda del 4 de julio pasado, donde le exigía a la Corte que suspenda la aplicación de la reforma constitucional.
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