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Absuelven a un productor agropecuario acusado de explotación laboral en una finca azucarera

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal consideró que no se probaron mecanismos de coerción ni una afectación a la libertad de los trabajadores rurales. El juicio se extendió durante varias semanas y contó con más de 20 testimonios.

  • Un empresario agropecuario fue absuelto en un juicio por explotación laboral.
  • Así lo resolvió el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy.
  • Durante el proceso se escucharon más de 20 testimonios.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy absolvió por unanimidad a un productor agropecuario que había sido acusado de explotación laboral y reducción a la servidumbre en una finca azucarera ubicada en el este de la provincia. La sentencia fue dictada tras un extenso juicio oral, en el que se analizaron pruebas testimoniales, periciales y documentales.

El fallo, de 95 páginas, concluyó que no se acreditaron mecanismos de coerción, ni una afectación penalmente relevante de la libertad de los trabajadores rurales involucrados en la causa.

El caso y la acusación

La investigación se inició a partir de una denuncia anónima recibida en julio de 2023 por el Comité Ejecutivo Nacional de Lucha contra la Trata, lo que derivó en inspecciones administrativas y un allanamiento realizado en diciembre de ese año en una finca cañera ubicada en Arroyo Colorado, localidad de Santa Clara, departamento Santa Bárbara.

El imputado, identificado como G.A.R., productor agropecuario y contador público de 50 años, fue acusado de haber sometido durante más de dos décadas a dos trabajadores, J.C.V. y F.A., a condiciones de explotación laboral, aprovechando su vulnerabilidad social y económica.

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Según la hipótesis de la fiscalía, los trabajadores habrían cumplido jornadas extensas, sin descansos adecuados ni pago de horas extras, percibiendo salarios por debajo de los mínimos legales y viviendo con sus familias dentro del predio rural en condiciones habitacionales precarias.

El debate oral y la defensa

Durante el juicio se escucharon más de 20 testimonios y se incorporaron recibos de sueldo, constancias de aportes previsionales, peritajes técnicos y documentación administrativa.

La defensa sostuvo que el caso no constituía un delito penal sino, en todo caso, un conflicto laboral, y afirmó que los trabajadores estuvieron registrados, contaron con obra social, ART, vacaciones y licencias, y percibieron salarios conforme a los convenios vigentes.

Asimismo, se explicó que las sanciones disciplinarias aplicadas a uno de los empleados respondieron a incumplimientos laborales, y que las condiciones habitacionales contaban con servicios básicos, descartando la existencia de un régimen de sometimiento.

Los fundamentos del fallo

El tribunal, integrado por las juezas María Alejandra Cataldi, Marta Liliana Snopek y el juez Diego Martín Matteucci, consideró que la prueba reunida no permitió demostrar la existencia de amenazas, coerción, restricciones a la libertad ambulatoria ni anulación de la voluntad de los trabajadores.

En uno de los tramos centrales del fallo, los magistrados destacaron que uno de los empleados litigó judicialmente contra su empleador, envió telegramas laborales y se trasladó fuera de la finca tras su despido, lo que fue considerado incompatible con una situación de servidumbre.

En el caso del segundo trabajador, el tribunal señaló que decidió continuar trabajando luego de los allanamientos y fue trasladado a otra vivienda fuera del predio rural, lo que también resultó contradictorio con la hipótesis de sometimiento permanente.

Si bien el fallo reconoció un contexto de vulnerabilidad social, concluyó que no se acreditó un aprovechamiento penalmente relevante de esa situación por parte del imputado.

Por unanimidad, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy resolvió absolver al acusado y dejar sin efecto las medidas restrictivas que pesaban sobre él. La sentencia fue notificada a las partes y podrá ser recurrida ante la Cámara Federal de Casación Penal, conforme a los plazos legales.

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