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La posibilidad de que Gastón Morales se convierta en vocal de la Corte reabre el debate

El sistema funciona hoy con un tribunal evaluador de los postulantes, luego se eleva una lista de candidatos que cumplen requisitos con idoneidad y el gobernador elige al postulante que le parece sin orden de mérito. Después manda el pliego a la Legislatura donde tiene mayoría y le votan lo que quiere. Un disparate.

Hay situaciones más normales en el país: ejemplo el caso paradigmático de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Nos centraremos en dos aspectos cruciales que, al limitar el poder del político de turno, busca blindar a los futuros jueces de la influencia partidaria: la nula discrecionalidad del ejecutivo en la designación y la composición técnica de los consejos de la magistratura. (Situación que en Jujuy está en veremos, todavía…)

Imaginemos, por un momento, un sistema ideal donde el gobernador o el jefe de gobierno, ese líder que elegimos por voto popular, no puede mirar una lista de tres o cuatro candidatos a juez y decir: "yo elijo a mi amigo, a mi socio, o a quien sé que me debe un favor". Pues bien, en CABA, rige este modelo. Aquí, el jefe de gobierno no tiene poder de elección. El Consejo de la Magistratura es quien, luego de un exhaustivo concurso de oposición y antecedentes, elige al candidato más idóneo y eleva su nombre como único pliego al Ejecutivo. La tarea del jefe de gobierno se reduce a ser un "elevador de pliego": debe tomar a ese candidato único y enviarlo a la Legislatura para que le den acuerdo, o rechazarlo totalmente, pero no puede reemplazarlo por otro de su preferencia. Esta limitación es fundamental porque le quita al Ejecutivo esa herramienta tan poderosa de cooptación que es la designación personal. El juez, al saber que no debe su sillón al favor del político, puede mirar el expediente con una imparcialidad fortalecida, sin temer que su fallo incomode a quien lo nombró. Esto es, en esencia, un fortalecimiento de la república en su pilar judicial.

Ahora, pasemos al segundo punto, que es donde realmente se sella la independencia: la composición del Consejo de la Magistratura. Un consejo es el órgano que selecciona, sanciona y remueve jueces. Si este consejo está dominado por los políticos, la independencia se vuelve una quimera. Por eso, el diseño de CABA es tan relevante: de sus nueve miembros, seis provienen directamente de los sectores profesionales y técnicos: tres jueces elegidos por sus pares y tres abogados elegidos por la matrícula.

Los tres miembros restantes son legisladores. Esto significa que la mayoría absoluta de los votos del consejo (6 a 3) está en manos de quienes tienen una trayectoria académica y profesional en la materia, y no en manos de los partidos políticos. Los tres legisladores, que representan a la mayoría y la minoría, están obligados a negociar y a consensuar con el estamento judicial y el estamento de la abogacía para poder imponer cualquier designación. No tienen el número para imponer por sí solos a un candidato, lo que fuerza a que las selecciones se basen más en el mérito y menos en la afinidad partidaria. Este diseño busca garantizar que la selección de un juez sea un acto técnico-jurídico con supervisión política, y no un acto político con barniz técnico. Es un mecanismo de control horizontal, donde la propia justicia y los profesionales del derecho actúan como un contrapeso interno al poder del estado. Es una lección clara de que para tener una justicia verdaderamente independiente, el poder debe estar diluido y el mérito debe ser la única llave de entrada al estrado. Esta arquitectura institucional es la apropiada y hay que aspirar a replicar en Jujuy para que la ley sea aplicada por magistrados que solo le deban obediencia a la constitución.

El proyecto de creación del Consejo de la Magistratura en Jujuy estará representado por tres miembros legislativos y uno del ejecutivo en tanto que el poder judicial aportara dos y abogados y procuradores otros dos. La duda está en la pertenencia política de cada uno de estos actores es decir a quien responden políticamente esta es la clave que va determinar la independencia en la selección de magistrados de lo contrario es más de lo mismo.

Debemos analizar la contracara, las graves consecuencias para el estado de derecho cuando la voluntad política se impone en la designación de jueces. Es fundamental entender que cuando un gobernador, un jefe de gobierno o un grupo de legisladores logran forzar el nombramiento de un magistrado afín, el costo no lo paga solo el poder judicial, sino toda la ciudadanía.

La primera y más directa consecuencia es la pérdida de imparcialidad percibida y real. Cuando un juez sabe que debe su cargo a un favor político, que su pliego fue impulsado por un sector específico, su neutralidad queda automáticamente en entredicho. ¿Cómo puede un juez fallar con total libertad contra el funcionario o el partido que lo sentó en el estrado? lo más probable es que desarrolle una "obediencia debida" o, al menos, un "cuidado extremo" al abordar causas que tocan intereses sensibles del poder político. Esto no solo afecta la causa puntual, sino que socava la credibilidad del sistema de justicia en su conjunto. La gente deja de creer que los poderosos serán juzgados con la misma vara que el ciudadano común.

En segundo lugar, la politización de las designaciones conlleva la aparición del fenómeno de la justicia militante. Esto significa que los jueces, en lugar de ser meros aplicadores de la ley, se convierten en actores políticos que utilizan sus fallos para defender o atacar agendas partidarias. Las resoluciones judiciales dejan de basarse exclusivamente en la prueba y el derecho, y comienzan a incorporar una alta dosis de oportunidad política. Esto es particularmente peligroso en causas de corrupción de altos funcionarios, donde la independencia del juez es la última barrera para la impunidad. Si el poder político nombra jueces con el propósito de garantizar impunidad en el futuro, el ciclo de corrupción se vuelve irrompible.

Finalmente, esta injerencia política genera un efecto cascada en toda la carrera judicial. Los jueces que son nombrados por criterios políticos no suelen ser los mejores perfiles técnicos, sino los más leales. Esto desmoraliza a los magistrados y funcionarios de carrera que han ascendido por mérito y estudio, viéndose desplazados por nombramientos discrecionales. Se instala la idea de que, para ascender en la justicia, no es necesario estudiar derecho o ser un excelente profesional, sino tener el padrinazgo político correcto. Esto degrada la calidad de los fallos, ya que la idoneidad técnica es sacrificada en el altar de la lealtad partidaria. En síntesis, la imposición de la voluntad política no solo compromete un fallo o un caso, sino que destruye la confianza pública en la justicia, creando un poder judicial débil, permeable a las presiones y, en última instancia, incapaz de cumplir con su rol esencial de controlar a los otros poderes del estado. La provincia sin control judicial independiente esta siempre en riesgo.

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