El Tribunal Oral en los Criminal Federal de Jujuy, integrado en forma unipersonal por Marta Liliana Snopek, condenó a Soledad S. a la pena de seis años de prisión efectiva en modalidad domiciliaria, tras considerarla autora del delito de trata de personas con fines de explotación sexual en la modalidad de captación y acogimiento, agravado por haber mediado engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad y por la cantidad de las víctimas, porque una de ellas tiene una discapacidad, por haber sido cometido por tres o más personas y por haberse consumado la explotación en un caso.
Por la misma calificación, pero en grado de partícipes secundarias, también fueron condenadas Guadalupe S. y Camila Z., en línea con la postura expuesta en el alegato de clausura por el Área de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Jujuy, representada por el fiscal federal Federico Zurueta. Ambas acusadas recibieron a tres años de prisión de ejecución condicional.
En la misma sentencia -dada a conocer el pasado 5 de junio pasado- la jueza Snopek hizo lugar a la reparación integral de las víctimas; para una de ellas determinó la suma de 14 millones de pesos y para cada una de las otras dos, 87.500 pesos. Al respecto, estableció que las cifras deben ser actualizadas mediante la tasa de interés pasiva del Banco de la Nación Argentina.
La sentencia también ordenó el decomiso de un vehículo Peugeot 206, de los teléfonos celulares de las condenadas, del dinero secuestrado en los allanamientos y del dinero depositado en cuentas de las billeteras virtuales Ualá y Mercado Pago. En tal sentido, dispuso que esos bienes sean afectados al pago de las sumas establecidas como reparación a través del Fondo de Asistencia Directa a las Víctimas de Trata de Personas.
El caso
En la apertura del debate, el fiscal Zurueta explicó el contenido de la acusación y reseñó los elementos que prueban que las tres acusadas formaban parte de una empresa criminal que captaba mujeres de forma engañosa, ya que se las contrataba supuestamente para el cuidado de personas adultas o para la realización de tareas de limpieza, y se las alojaba en un inmueble para someterlas a explotación sexual.
En la investigación se acreditó que contactaban con los clientes valiéndose de perfiles creados en las páginas “Mundosex” y “Skoka”, en donde publicaba anuncios ofreciendo servicios sexuales.
El fiscal a cargo de la investigación, puso de relieve el relato de una de las víctimas, que declaró que quedó embarazada como consecuencia de haber sido obligada a mantener relaciones sin protección, y que fue inducida a abortar.
Además, se pudo probar que Soledad S. utilizaba dos billeteras virtuales -una en Mercado Pago y otra en Ualá- para recibir los pagos de los clientes por los servicios sexuales, aunque también recibía efectivo que cobraba a través de "las secretarias Guadalupe y Camila".
Las medidas probatorias realizadas como consecuencia de las denuncias permitieron identificar a Camila Z., de quien no se tenía conocimiento. Las tareas que condujeron a ese resultado fueron acciones de vigilancia, la búsqueda en redes sociales, las consultas de titularidad de las líneas telefónicas, los allanamientos realizados por personal de la Agencia Provincial de Delitos Complejos -que permitieron el rescate de la víctima- y la detención de las imputadas Guadalupe S. y Soledad S.