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Profesor acusado de abusar de su alumna elude el juicio a cambio de tareas comunitarias

Se otorgó la suspensión del juicio a prueba a un docente de matemáticas de 59 años. El acusado enfrentaba una pena de hasta 10 años de prisión por un hecho ocurrido dentro de un establecimiento en San Pedro de Jujuy, pero un acuerdo entre las partes intervinientes le permitió evitar el banquillo.

  • Docente acusado: Un profesor de matemáticas en San Pedro de Jujuy recibió la suspensión del juicio a prueba por abuso sexual simple agravado.
  • Acuerdo judicial: El acusado evitó el juicio oral y una pena de hasta 10 años a cambio de tareas comunitarias por tres meses.
  • Denuncia: El hecho ocurrió el 30 de mayo de 2023 en un establecimiento educativo contra una alumna de 14 años.

Una resolución judicial generó un fuerte impacto social y abrió un profundo debate en la comunidad de San Pedro de Jujuy. En el Centro Judicial de esa localidad, se otorgó el beneficio de la suspensión del juicio a prueba (probation) a J.C.R., un profesor de matemáticas de 59 años que se encontraba imputado por el delito de abuso sexual simple agravado por ser cometido por el encargado de la educación.

Con esta medida procesal, el acusado logró evadir el juicio oral y público, una instancia en la que, debido a la calificación del hecho, podría haber enfrentado penas de tres a diez años de prisión.

En lugar de sentarse en el banquillo de los acusados, el docente se comprometió a realizar tareas comunitarias por tres meses (un total de noventa días) y a adoptar estrictas reglas de conducta.

El beneficio fue el resultado de un acuerdo alcanzado tiempo atrás entre el abogado defensor del imputado, Juan Pablo Gomar, y el fiscal de Violencia de Género, Juan Carlos Baiud.

El aval clave de los progenitores

A partir del acceso a las consideraciones de la sentencia, se conocieron detalles determinantes sobre cómo se destrabó el beneficio. Al momento de llevarse a cabo la audiencia formal, ambos padres de la víctima estaban de acuerdo con aplicar esta salida alternativa del proceso penal.

Los progenitores de la menor de 14 años lo manifestaron expresamente frente a la jueza encargada de la causa, lo que terminó de pavimentar el camino legal para suspender el debate oral.

Asimismo, la resolución judicial especifica que la responsabilidad del imputado va mucho más allá de los 90 días de trabajos edilicios o sociales. Si bien los tres meses corresponden estrictamente al plazo fijado para las tareas comunitarias, el docente se encuentra sometido durante dos años a las reglas de conducta que impuso la magistrada.

Las cláusulas de la sentencia son tajantes: ante el incumplimiento de cualquiera de ellas, el beneficio de la probation quedará inmediatamente revocado y se continuará con el juicio oral y público bajo los cargos originales.

Una por una: las estrictas reglas de conducta impuestas

Para sostener el beneficio de la suspensión del juicio a prueba durante los próximos dos años, la jueza estableció un riguroso esquema de control. Basándose en el Artículo 27 bis del Código Penal, el docente quedó sujeto a las siguientes reglas de conducta de cumplimiento obligatorio:

  • Tratamiento psicológico ineludible: El imputado tiene un plazo máximo de 15 días para iniciar terapia con un profesional de su elección. Además, está obligado a presentar comprobantes de asistencia cada 30 días en su legajo, hasta que el profesional tratante le otorgue el alta médica definitiva.
  • Restricción perimetral y prohibición de contacto: Tiene absolutamente prohibido acercarse o ingresar al domicilio de la menor. La restricción incluye el contacto con la víctima y su grupo familiar en cualquier ámbito donde desarrollen sus actividades habituales (lugares públicos, privados, de trabajo, esparcimiento o estudio).
  • Cese de hostigamiento y acoso digital: Se le prohíbe realizar cualquier acto intimidatorio, perturbatorio o de hostigamiento contra la menor o su familia. Esto abarca medios físicos, tecnológicos o digitales (redes sociales, mensajes), ya sea de forma directa o enviando a terceras personas.
  • Control de domicilio: Debe mantener su lugar de residencia actual y no puede mudarse sin comunicarlo previamente a la Oficina de Control de Coerción y Probation del Ministerio Público de la Acusación (MPA).
  • Vigilancia judicial y buena conducta: Deberá someterse al cuidado y vigilancia constante de dicha oficina del MPA y tiene la prohibición expresa de cometer nuevos delitos.

Una consulta que terminó en denuncia

El grave episodio que originó la causa judicial ocurrió el 30 de mayo de 2023 en las instalaciones de un establecimiento de la mencionada ciudad del Ramal. Según el expediente de la acusación, una alumna de 14 años se acercó al escritorio del profesor con la intención de realizarle una consulta sobre la materia. Fue en ese momento cuando el docente abusó sexualmente de ella, tocándola por encima de la ropa aprovechando su posición de autoridad.

A pesar de la gravedad institucional del delito y de tratarse de una menor de edad en un entorno que debía ser seguro, se supo se fundamentó el acuerdo estimando que, en un eventual debate oral, la condena final podría ser de ejecución condicional. Esta interpretación técnica fue la que habilitó legalmente la vía de la probation.

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