El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dispuso cambios en el régimen de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para Protección Social de ANSES, con el objetivo de simplificar trámites y garantizar el acceso efectivo a los beneficios.
Atención: establecieron cambios en el pago de la AUH y Asignación por Embarazo
La medida fue oficializada mediante una resolución que establece un cruce automático de datos entre el Ministerio de Salud y la ANSES para verificar controles sanitarios y vacunación.
La decisión quedó formalizada este jueves con la publicación de la Resolución 1170/2025 en el Boletín Oficial, firmada por el secretario Julio Gabriel Cordero. La norma modifica los mecanismos de acreditación de las condicionalidades exigidas para el cobro del 20% del monto que se retiene mensualmente en ambos beneficios y establece un sistema de verificación automática a partir del intercambio de información entre el Ministerio de Salud y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
Cambios en la Asignación Universal por Hijo (AUH)
En el caso de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, la resolución dispone que, cuando la información sanitaria enviada mensualmente por el Ministerio de Salud permita verificar el cumplimiento de los controles médicos y el calendario de vacunación de niños y niñas de hasta cuatro años inclusive, el 20% retenido se liquidará de manera automática y mensual, junto con el 80% que se paga habitualmente.
Para los niños y niñas a partir de los cinco años, se mantiene además la exigencia de certificación de escolaridad en establecimientos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial. En los casos en que no sea posible la verificación automática, los titulares podrán presentar la documentación correspondiente ante la ANSES, que definirá los procedimientos administrativos para la liquidación del monto reservado.
Asignación por Embarazo
La resolución también introduce modificaciones en la Asignación por Embarazo para Protección Social. El 20% acumulado será abonado por la ANSES una vez acreditada la finalización del embarazo -ya sea por nacimiento, defunción o interrupción- y el cumplimiento de los controles médicos de seguimiento.
Al igual que en la AUH, el cumplimiento de estas condiciones podrá validarse automáticamente a partir de la información remitida por el Ministerio de Salud. De no contar con esos datos, la titular deberá presentar la documentación respaldatoria ante la ANSES. El texto aclara que el derecho al cobro caducará automáticamente si la acreditación no se realiza dentro de los 12 meses de ocurrido el hecho.

