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Nallar: "Soy el testimonio de que el Poder Judicial no opera en beneficio de los ciudadanos"

El representante de comunidades originarias habló con nuestro medio sobre su reciente liberación. Se refirió a la falta de pruebas frente a la causa de imputación por la que estuvo detenido por casi un mes. Sostuvo que su caso es "la consecuencia de una causa letal" y "la conducción absoluta que ejerce Morales sobre la justicia".

  • Nuestro medio dialogó con el abogado Alberto Nallar, quien estuvo detenido con prisión domiciliaria por casi un mes.
  • El representante de comunidades fue denunciado por "instigación a cometer delitos" y "alzamiento público".
  • Mientras exista este Estado de Excepción "no tengo ganas de engañar a mis clientes", sostuvo el letrado.

El abogado Alberto Nallar habló con nuestro medio sobre su reciente liberación -18 de agosto- y la falta de pruebas frente a la causa de imputación por la que estuvo detenido por casi un mes. El representante de las comunidades originarias dijo que jamás hubo un motivo para que se dispusiera la prisión preventiva.

"Yo de ninguna manera representé un riesgo para lo que ellos denominan en su investigación penal preparatoria, no pertenezco a las entrañas de ninguna organización ni central, ni política", expresó el letrado.

Puso de relieve que la intervención en las reuniones multitudinarias que se llevaron adelante en las rutas nacionales y en las que participó han sido con el único efecto de evacuar consultas jurídicas que le formularon en su momento y que estaban íntimamente vinculadas con el contenido de la nueva Constitución Provincial, “con los ilícitos comprometidos por parte de quienes intervinieron como convencionales constituyentes”.

El abogado especializado en Derechos Humanos remarcó también que en la Constitución Provincial hay 3 artículos que le impedían al gobernador Gerardo Morales ser convencional constituyente. El artículo 62 apunta: "Ningún funcionario público puede acumular cargos"; el 100 señala: “Los funcionarios no pueden desempeñar ningún otro tipo de función mientras esté en funcionamiento la convención". En tanto que el articulo 131 remarca: “El gobernador tiene prohibido ejercer otro tipo de función pública, privada, docente, ni de ninguna índole mientras se desempeñe como gobernador".

En este sentido profundizó que una prohibición en la constitución no la puede relevar nadie, " ni siquiera autorizar a otro que tiene prohibido por la constitución el desempeño de otra función", ya que, expuso, se trata de un delito penal del artículo 248: Abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Nallar: "Soy el testimonio de que la Justicia no actúa para los ciudadanos"

Nallar dijo que estas son cuestiones que ponen en crisis la validez de los actos de Gobierno. En esta misma línea recordó la denuncia que hizo efectiva el 30 de diciembre de 2015 a Gerardo Morales por una maniobra ilegal "merced a la cual se hizo del dominio de la conducción del Poder Judicial".

"Desde el año 2015 hasta la fecha, los funcionarios a quienes denuncié por cooptación del Poder Judicial, no cumplieron con otro deber constitucional establecido en el artículo 62- que incluye 2 incisos- la prohibición de acumular cargos públicos y el deber de funcionarios públicos de vindicarse cuando fueran denunciados por la comisión de un delito en el ejercicio de la función", indagó.

El abogado explicó que el término “vindicarse” hace referencia a que "si promuevo una denuncia por la suma del poder público (y por todas que acabo de mencionar), tanto el gobernador como los 26 legisladores que le otorgaron estos poderes excepcionales, debían vindicarse, haber demostrado que no cometieron delito alguno. Y ese deber de vindicarse es bajo pena de destitución. Pero ni Pablo Baca, ni Elisabeth Altamirano, ni Lamas González, ni Otaola -quienes estuvieron denunciados personalmente -no solamente no aceptaron la recusación, sino que además tampoco se vindicaron, como no lo hizo Morales, ni los 26 legisladores. Conclusión de todo esto es que, si no se vindicaron, no cumplieron con la manda constitucional, es porque son culpables".

"Esto a mí me da la libertad de decir que en Jujuy estamos bajo un Estado de Excepción en el cual el gobernador incurrió en este delito "de la suma del poder público" Obviamente que de estas subcuestiones técnicas y jurídicas son bastantes complejas y la sociedad la debe conocer. No me afectan a mi como abogado, sino al ciudadano y a todos los demás habitantes de la provincia, porque estamos en un Estado de Excepción. Significa que cuando al gobernador de la provincia que conduce el Poder Judicial, le molestan mis dichos o los de cualquier otro, o interferimos en sus negocios, utilizan el Poder Judicial para hacer eso de lo cual hoy yo estoy dando testimonio de mi situación personal".

Fundamento del cese de excarcelación

"No hay ningún fundamento, o sea, quienes pidieron mi libertad no expresaron ningún fundamento, digamos que fue una concesión graciable, después de haber estado cinco días sujeto a prisión preventiva, sin una resolución judicial que lo autorice. Mi prisión preventiva finalizaba el día 12 de agosto, y yo estuve cinco días más, hasta el viernes 18 de agosto, sin una resolución judicial que autorice esta privación de la libertad".

"Estas son todas las cosas que de alguna manera dan cuenta de que soy el testimonio vivo de que el Poder Judicial no opera en beneficio de los ciudadanos, sino merced a las órdenes impartidas por quien en el año 2015 se apropió del mismo. El Ministerio Público de la Acusación lo crea Morales, quien designa a Walter Rondón, el fiscal que me persiguió; además Morales crea el Juzgado Especializado en Delitos Económicos contra la administración pública y lo designa al juez Rodolfo Fernández, entonces ¿cómo hago yo para defenderme?".

"Acá el problema no es Alberto Nallar, ni la prisión preventiva de Alberto Nallar, ni la causa. El problema es que la provincia ha perdido el Poder Judicial, se ha roto el sistema republicano, y es la razón que da lugar a que Alberto Nallar o cualquier otro pase por esta situación. En mi caso, supónganos que con la buena voluntad y la fuerza que confieren estos "maravillosos" organismos y se resuelve mi problema, no se resolvió nada. Mi problema es la consecuencia de una causa letal que tenemos en la provincia, esa causa es la conducción absoluta que ejerce Morales sobre el Poder Judicial".

"Si para ejercer mi profesión tengo que aceptar este Estado de Excepción que atraviesa la provincia a esta situación, en la cual el Estado de derecha ha quedado en suspenso, mientras no tengamos un Poder Judicial que haga cumplir la ley, no tengo ganas de engañar a mis clientes prometiéndoles resultados judiciales vinculados a la razón que a ellos les asiste y al derecho de tienen a obtener lo que pretenden. No tengo interés de ganar plata de esta manera".

Cuando el abogado fue detenido

El letrado, que representa a comunidades aborígenes de Caspalá y de otras localidades jujeñas, fue detenido el 13 de julio en su casa de El Carmen y le dictaron prisión domiciliaria por 20 días. Antes de cumplido ese periodo, la Justicia jujeña, a través del juez de control, Rodolfo Fernández, determinó extender por diez días más la prisión preventiva del abogado. No obstante, el pasado 12 de agosto expiró la primera prórroga impuesta a la detención de Alberto Nallar por el Juzgado de Control en lo Penal Económico y Delitos contra la Administración Pública, a cargo de Roberto Fernández. "Hace cinco días que permanezco bajo privación ilegal de mi libertad porque vencieron los plazos de mi prisión domiciliaria", dijo a Salta/12 el abogado.

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