Mientras que para otro hombre (R.O.G.) la pena fue de 8 años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”.
También, resolvió que una vez firme y consentida la sentencia, ordenará la obtención de los perfiles genéticos de los condenados a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
Los hechos
El primer implicado, padrastro de la víctima, se le imputó que, a partir del año 2015, en circunstancias en que se quedaba a solas con la menor abusaba de la misma. Los delitos se producían en las viviendas donde convivían, ubicadas en las ciudades de El Carmen y Monterrico.
Por su parte, el segundo protagonista de los aberrantes hechos fue acusado por qué en el transcurso del año 2015, sin poder precisar fecha, en circunstancias en que la menor se encontraba en el domicilio donde el imputado residía, en Monterrico, abusó de la víctima.