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Tras los hechos de violencia, especialista explicó cómo deberían funcionar las cárceles de Jujuy

Profesional del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) comentó determinaciones que hacen al trabajo del personal penitenciario y los alojados en los penales.

  • Macarena Fernández Hoffman, del CELS, se refirió a lineamientos de funcionamiento carcelario.
  • Su opinión se da luego de los hechos de violencia ocurridos en los penales de Chalicán y Gorriti.
  • Destacó aspectos que hacen a la seguridad del personal penitenciario y a las condiciones de los alojados en esos establecimientos.

Tras los hechos ocurridos en los establecimientos penitenciarios de Chalicán y Gorriti, la Coordinadora del equipo Política Criminal y Violencia en el Encierro del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Macarena Fernández Hoffman, comentó lineamientos de funcionamiento carcelario, marcando que “la Ley de Ejecución Penal nacional marca las pautas, independientemente de que algunas provincias tengan su propia ley o no. También hay estándares internacionales que este país debe cumplir en cuanto son constitucionales, entre ellos la regulación de cómo debe ser el uso de la fuerza en los penales y el trato digno a quienes están detenidos, además de garantizar que la única pena aplicada sea la privación de la libertad y no otras, que no deben ir junto con la pena”.

“Entre las mismas se encuentran malos tratos, torturas o las mismas condiciones graves de detención, como hacinamiento extremo, falta de alimentación, de mobiliario, aire, luz, muchas realidades que hay en el país de malas condiciones que agravan la pena. Entonces no solo se está privado de la libertad sino también en muy malas condiciones de detención, o se sufren malos tratos”.

Anti motín

“A los protocolos los hace cada servicio penitenciario, se recomienda, y así lo determina la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que haya protocolos para que los agentes sepan cómo actuar, y esos protocolos deben seguir el uso de fuerza mínima y una serie más de medidas. Hay cuestiones más generales que, por ejemplo, están reguladas por la ejecución penal, como la prohibición de uso de armas de fuego para aquellos que están en trato con detenidos”.

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Cantidad

“Eso está recomendado y es parte de la regulación propia de cada servicio, la cantidad de personal por penal o detenido, pero se necesita un grado entre detenidos y agentes penitenciarios para garantizar que los agentes puedan realizar sus tareas como deben y garantizar sus derechos laborales, y que los detenidos puedan tener acceso a salud, educación, trabajo. Eso se debe mantener: una relación entre la cantidad de agentes y de detenidos”.

“Esa relación no está tan establecida, depende de la población, el tipo de cárcel, pero la relación debe garantizar que puedan realizar su trabajo como tener acceso a sus derechos. En Argentina hay muchos lugares (con) sobrepoblación, esa relación no se mantiene. Hay muchos detenidos y pocos agentes. Se recomienda un agente penitenciario cada cuatro personas privadas de la libertad, ese es el estándar. Esto depende de muchas circunstancias”.

Controles

“Es obligación de los mecanismos locales de prevención de la tortura hacer monitoreos, informes y controlar las condiciones de detención, que no haya torturas, y en este tipo de casos de protestas en la cárcel, las formas de intervención, también son quienes deben controlar. Incluso pueden recomendar cómo debe actuar el Servicio Penitenciario para estas circunstancias. Esto es parte de los lineamientos de donde surgen estos mecanismos. Es muy importante que lo realicen pero desconozco por qué no lo hacen, dado que Jujuy tiene un mecanismo de prevención de la tortura, debería ocuparse de esto”.

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Detenidos

“La cuestión de la clasificación de internos en general se deja a discreción de la gestión penitenciaria, qué es lo mejor para organizarse. Después hay lineamientos generales, como que no puede haber mujeres con hombres, mayores con menores, respetar las identidades de género, que los que tienen prisión preventiva no estén con condenados. En general, en Argentina esto no se cumple, pero hay algunas cuestiones importantes a tener en cuenta”.

“Por ejemplo, que haya lugares donde haya primarios, personas que están por primera vez en la cárcel y no estén con personas que entraron muchas veces o tienen penas muy largas. Para algunos delitos en específico, en general los ligados contra la identidad sexual, algunas cuestiones que ayudan a la gestión y también a las personas. Es un poco discrecional respecto a la gestión, la clasificación que hace el Servicio Penitenciario hacia adentro, pero teniendo en cuenta esto”.

Protocolos

“Es fundamental para el agente penitenciario que haya protocolos que le permitan saber cómo actuar en ciertas situaciones, por lo tanto, en caso de que esos protocolos no puedan ser aplicados, expresarlo a la superioridad por determinada circunstancia que debe modificarse. Sin esa normativa, y creando a discreción del momento en que sucede algo, puede pasar que cada uno actúe como le parece y puede terminar con escenarios fatales. Es fundamental que existan protocolos de uso de la fuerza, cómo reaccionar en caso de protestas, motines, y que se cumplan. Para eso debe haber un control del Poder Ejecutivo y los organismos de prevención de la tortura también deben ver la aplicación correcta de esos protocolos”.

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