Con los servicios Uber Essential y Uber Medics, ya abrieron el período de registración para los interesados en trabajar con la App y señalaron que esperaban que se pueda poner en funcionamiento en los próximos días.
A raíz de esta situación el municipio capitalino emitió un comunicado donde señalan que se oponen a aplicar el sistema al que calificaron como "fuera de la ley".
“Desde el Municipio, y como autoridad de aplicación del sistema de transporte alternativo de pasajeros, no se recibió ningún tipo de presentación para operar en la ciudad de los denominados Uber”, expresó Guillermo Marenco, secretario de Servicios Públicos.
Con este conflicto desatado, desde Canal 2 de Jujuy se consultó a Johanna Picciano, responsable de comunicación de Uber para el cono sur puntualmente: ¿ante qué autoridades realizaron la gestión? ¿Cómo piensan implementar el servicio en Jujuy?
“En esta primera instancia estamos anunciando el servicio para la ciudad de San Salvador, no para toda la provincia y lo que comunicamos es que se abre la convocatoria para hombres y mujeres que quieran sumarse a la plataforma para manejar”.
“Esperamos que sea una cuestión de días que podamos anunciar que el servicio está activo. Al día de hoy el servicio no está funcionando, estamos convocando a los que quieran trabajar”, respondió y agregó que:
Nosotros en todos los mercados en los que estamos siempre tenemos conversaciones con las autoridades que correspondan, en este caso y no solo Jujuy sino aplica para el país, la actividad de Uber está enmarcada en el ámbito privado, no es transporte público. Nosotros en todos los mercados en los que estamos siempre tenemos conversaciones con las autoridades que correspondan, en este caso y no solo Jujuy sino aplica para el país, la actividad de Uber está enmarcada en el ámbito privado, no es transporte público.
Es una actividad completamente lícita y está enmarcada en el artículo 1.280 del Código Civil que justamente habla del contrato de transporte entre privados, aplica para todo el país y Jujuy no es la excepción. Es una actividad completamente lícita y está enmarcada en el artículo 1.280 del Código Civil que justamente habla del contrato de transporte entre privados, aplica para todo el país y Jujuy no es la excepción.
Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1280. Definición: “Hay contrato de transporte cuando una parte llamada transportista o porteador se obliga a trasladar personas o cosas de un lugar a otro, y la otra, llamada pasajero o cargador, se obliga a pagar un precio o flete”.
La realidad es que no hay una habilitación específica para este servicio. Después en algunas ciudades se empiezan a marcar regulaciones a este tipo de servicio, la ausencia de una regulación específica no quiere decir ni que el servicio sea ilícito ni que pueda prohibirse. La realidad es que no hay una habilitación específica para este servicio. Después en algunas ciudades se empiezan a marcar regulaciones a este tipo de servicio, la ausencia de una regulación específica no quiere decir ni que el servicio sea ilícito ni que pueda prohibirse.
#ElColectivo | ¿Llegaría Uber a Jujuy?
Cabe recordar que este anuncio ha generado malestar en el sindicato de peones de taxis quienes se declararon en estado de alerta.