Jujuy | Trámites |

Modificaciones en Rentas en el régimen de impuestos

Mediante resolución la provincia se adhirió al “Sistema Único Tributario” para que los contribuyentes comprendidos en el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cancelen sus obligaciones en forma conjunta con el Monotributo o Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes a partir del 1 de setiembre.

En virtud de ello, Mediante Resolución General N° 1543/19, considera en término la presentación de la declaración jurada y pago correspondiente al anticipo 8° del período fiscal 2019 de los contribuyentes locales alcanzados por el Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que se efectúen hasta el 31 de diciembre y mediante el sistema de presentación de declaraciones juradas “SIDEJU WEB” previsto en la Resolución General 1489/2017.

En ese sentido, Esteban Rodríguez, Director Provincial de Rentas explicó que a partir del 1 de septiembre se puso en marcha una nuevo sistema que cubrirá un régimen general del impuesto sobre los ingresos brutos con régimen simplificado que beneficiará a los contribuyentes alcanzados de las categorías nacionales A, B y C y los monotributistas sociales de la provincia, los que ya no deberán presentar las declaraciones juradas mensuales sobre los ingresos brutos y pagarán un solo componente fijo que se ingresará junto con el componente nacional que tendrá vencimiento el día 20 de cada mes. 

Apuntó que se unifican los vencimientos y la modalidad de pago, teniendo como beneficio que los contribuyentes no estarán sujetos a retenciones, percepciones ni recaudaciones bancarias.

Indicó que el trámite es automático para aquellos monotributistas que estén alcanzados por el Régimen Simplificado Provincial, quienes deberán ingresar al portal “Mi Monotributo” para reimprimir su credencial y modificar los componentes que tienen que abonar los que rondan los 120 pesos según la categoría donde estén.

Apunto que hay contribuyentes que no están alcanzados por tributar porque están incluidos como mínimos especiales, es decir hotelería, restaurantes, garajes y playas de estacionamientos, pero el resto de los contribuyentes que si están incluidos, pueden reimprimir sus credenciales y hacer el pago en un único momento, concluyó.

Temas

Dejá tu comentario