El Colegio de Abogados implementó acciones concretas para intentar modificar la cuestionada forma con que se elige a los encargados de impartir justicia en la provincia de Jujuy.
El STJ rechazó cautelar del Colegio de Abogados
El Superior Tribunal de Justicia decidió no hacer a lugar a una cautelar presentada por el Colegio de Abogados de Jujuy pero continúa sin expedirse sobre la cuestión de fondo que es la implementación de la acordada 1994, donde se estipula un nuevo proceso para la selección de jueces y funcionarios judiciales..
Ante la posibilidad de que se diera tratamiento a 20 pliegos en la Legislatura , el Colegio de Abogados había presentado una cautelar. El bloque opositor, impidió en Comisión que esos pliegos lleguen al recinto y así se pudiera seguir avanzando en el plano judicial el planteamiento realizado para que se ponga en vigencia la Acordada 1994 del STJ, que estipula un nuevo régimen para la selección de jueces.
"En la cautelar no nos han hecho a lugar en el entendimiento de que no se encontraban reunidos los requisitos para el otorgamiento de una medida cautelar como son la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Para el STJ no había certeza de que los pliegos fueran a ser tratados en la pasada sesión de la Legislatura y tampoco que existiera un peligro en la demora", sostuvo en diálogo con Radio 2 el presidente de Fernando Zurueta.
Asimismo, aclaró: "Después que nosotros habíamos planteado el pedido de medida cautelar surgió que los pliegos no iban a ser tratados porque la labor parlamentaria no los elevaba a la sesión". Estos pliegos eventualmente se iban a aprobar sin haber seguido el procedimiento previsto en la acordada. El otro recaudo de la medida cautelar, el peligro en las demoras, ciertamente también estaba dado porque si los pliegos ingresaban a la sesión y había quorum y mayoría suficiente podían designar directamente los jueces".
No obstante eso, Zurueta explicó que el pedido de fondo que es la aplicación de la acordada 1994, la cual establece la conformación de un cuerpo colegiado con la misión de evaluar los antecedentes y la idoneidad de quienes aspiren a convertirse en jueces, continúa pero demorará.
"En la cautelar no nos han hecho a lugar en el entendimiento de que no se encontraban reunidos los requisitos para el otorgamiento de una medida cautelar como son la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora. Para el STJ no había certeza de que los pliegos fueran a ser tratados en la pasada sesión de la Legislatura y tampoco que existiera un peligro en la demora", sostuvo en diálogo con Radio 2 el presidente de Fernando Zurueta.
Asimismo, aclaró: "Después que nosotros habíamos planteado el pedido de medida cautelar surgió que los pliegos no iban a ser tratados porque la labor parlamentaria no los elevaba a la sesión". Estos pliegos eventualmente se iban a aprobar sin haber seguido el procedimiento previsto en la acordada. El otro recaudo de la medida cautelar, el peligro en las demoras, ciertamente también estaba dado porque si los pliegos ingresaban a la sesión y había quorum y mayoría suficiente podían designar directamente los jueces".
No obstante eso, Zurueta explicó que el pedido de fondo que es la aplicación de la acordada 1994, la cual establece la conformación de un cuerpo colegiado con la misión de evaluar los antecedentes y la idoneidad de quienes aspiren a convertirse en jueces, continúa pero demorará.

