Nacionales | Régimen | contratación | contrato

Modificaron el régimen de contrataciones para que no participen empresas ligadas a la corrupción

Los cambios se oficializaron con un decreto. El Ejecutivo remarcó que la contratación pública debe desarrollarse en un marco de “integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas”.

El Gobierno aplicó cambios en el régimen de contrataciones del Estado para obra pública y amplió las restricciones vigentes. Ahora, no podrán prestar servicios aquellas empresas que tengan "conductas corruptas, fraudulentas, colusorias, coercitivas y obstructivas“.

Las modificaciones fueron formalizadas en el decreto 5, publicado este martes en el Boletín Oficial. A la hora de la contratación pública de obras, bienes y servicios, los organismos estatales deben evaluar las ofertas recibidas y verificar que los oferentes no integren las listas de inhabilitados elaborados por el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

image

El Gobierno subrayó que la “contratación pública debe desarrollarse en un marco de integridad, transparencia, eficiencia y rendición de cuentas” y justificó que “no es posible corroborar en ocasión” las listas de inhabilitados de los bancos multilaterales.

“La República Argentina debe adoptar las medidas necesarias tendientes a asegurar la efectividad del mecanismo de exclusión. La corrupción deteriora la confianza en las instituciones públicas, afecta los servicios y prestaciones que debe brindar el Estado a los ciudadanos, distorsiona los incentivos y conduce al uso ineficiente de los recursos públicos, debilitando el crecimiento y el desarrollo”, señala el texto.

Destacó, además, que el Estado tiene el rol de “implementar medidas a los fines de disuadir, prevenir y combatir el cohecho transnacional pueden ser de tipo penal, civil o administrativo, incluyendo entre estas últimas la exclusión, inhabilidad o inelegibilidad en procedimientos de selección para adjudicar contratos públicos”.

Embed
FUENTE: TN

Dejá tu comentario