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Piden absolución a procesados en el segundo juicio de lesa humanidad

El Abogado defensor Carlos Rodríguez Vega, pidió se absuelva de culpa y cargo a los guardiacárceles Carlos Alberto Ortiz, Orlando Ricardo Ortiz, Herminio Zárate y Mario Marcelo Gutiérrez, que son juzgados por delitos de lesa humanidad.

Se realizaron hoy los alegatos en el marco del segundo juicio que tiene como imputados a dos ex militares y cuatro guardiacárceles, por detenciones ilegales, torturas y tormentos cometidos durante la dictadura cívico-militar.

En la anterior audiencia los fiscales en sus alegatos, pidieron reclusión perpetua para Vargas, quien está acusado de ser coautor mediato de homicidio doblemente calificado por alevosía y participación de dos o más personas, privación ilegítima de la libertad y torturas. Igual pena solicitó para los hermanos Ortiz, para Zárate y Gutiérrez, imputados como partícipes necesarios de homicidio doblemente calificado, privación ilegítima de la libertad y torturas, mientras que Díaz tiene el cargo de coautor de homicidio doblemente calificado por alevosía, privación ilegítima de la libertad y torturas.

Sin embargo, para los abogados defensores “no se logró acreditar conductas reprochables” para los acusados, especialmente hacia los guardiacárceles. A juicio de los letrados, la fiscalía no pudo acreditar ningún tipo de delitos ni responsabilidad de sus defendidos, ni siquiera por los delitos de tormentos.

“Se quiere hacer responsables a unos perejiles” afirmó Rodríguez Vega en sus defensas y dirigiéndose al tribunal, dando a entender que los acusados son víctimas de estas instancias judiciales y son juzgados por el hecho de haber pertenecido a una fuerza de seguridad en la época de la dictadura.

En ese sentido, Vega sostuvo que no tenían ningún poder de decisión, que en una anterior ocasión el Juez Federal Carlos Magnum Topp los sobreseyó en una instancia judicial donde se los acusó también de delitos similares. Se trata de una sentencia tramitada bajo expediente 374/77 por supuestos apremios ilegales, donde no sólo se decreta la falta de mérito sino también se aclara no que hubo tormentos y en cuanto al régimen carcelario y disposiciones estaban a cargo de superiores, en este caso estaban sometidos a las disposiciones del Comandante del II Cuerpo del Ejército.

Alegó Vega, que el delito de genocidio no está legislado y no establece pena, por lo  tanto no corresponde su aplicación, debiendo ser sobreseídos además porque no fue posible  acreditar conducta des valiosa en este sentido.

Consideró que la aplicación de cualquier restricción a la libertad de los acusados, estaría correlacionada la “pena de muerte encubierta”, atendiendo a la edad de los mismos, a la pena solicitada por los fiscales; todo eso prohibido en el Art. 18 de la Constitución Nacional.

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