Elecciones 2013: Prohibieron el uso de celulares en el cuarto oscuro
La Legislatura de la provincia modificó el Código Electoral Provincial e incorporó el Art. 9 bis, que prohíbe el ingreso al cuarto oscuro con cualquier medio digital, sea celular, cámara fotográfica, etc., al momento de emitir el voto.
La norma fue aprobada específicamente para garantizar el “secreto al voto” de los ciudadanos en cualquier elección, según se fundamentó previo a su aprobación.
La medida también evitará que se genere el “voto cadena” y que sirva como elemento de prueba ante cualquier acto de “extorsión”, considerando que muchos ciudadanos son obligados a ejercer el voto a favor de cualquier sector político a cambio de sumas de dinero o bolsones de mercaderías.
La modificación de la ley especifica concretamente: “Modifíquese el Código Electoral de la Provincia, Ley 41164, agregándose los siguientes artículos: Art. 9 bis: Queda expresamente prohibido el ingreso al cuarto oscuro con cualquier artefacto o elemento electrónico, que ponga en riesgo el secreto del voto del elector. Art 9-3: El presidente de mesa o su sustituto al identificar al elector le consultará sobre la eventual posesión de algún artefacto, celular u otro medio que permita grabar filmar o reproducir el accionar de los ciudadanos en el libre ejercicio de su voto. En caso que lo tuviera invitará al elector a entregarlo, para que sea transitoriamente custodiado por él y en el supuesto que no estuviera acompañado por una persona de su confianza. Art. 9-4: el que violara las anteriores disposiciones será reprimido con las sanciones previstas en los artículos 141 y 141 del Código Penal Argentino.
El proyecto fue presentado sobre tablas, y aprobado por la mayoría de los legisladores, convirtiéndose en una norma que no solamente actualiza el Código Electoral, sino también previene cualquier acto de corrupción que se pudiera generar con el uso de las nuevas tecnologías.
Repudio por el Operativo Independencia
En la sesión de la fecha, también se generó un fuerte debate ante la propuesta del Diputado Miguel Ángel Tito, para que se apruebe un enérgico repudio a actitudes de una organización que agrupa a ex combatientes del operativo “Independencia” implementado en el año 1975 en la provincia Tucumán, primera disposición desde el Estado para la persecución y el exterminio de opositores políticos.
En el desarrollo de los actos oficiales por un nuevo aniversario del Primer Grito de Libertad, el pasado 25 de mayo en Tilcara, desfiló una agrupación que contiene a ex combatientes de este Operativo militar.
Ante tal hecho, Madre y Familiares de Detenidos Desaparecidos de Jujuy (línea histórica), Hijos por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio (Hijos) Regional Jujuy, Asociación Jujeña de Ex presos políticos repudian enérgicamente la referencia al “Operativo Independencia” escrito en un estandarte que precedía la formación de once uniformados oriundos de la ciudad de Perico que desfilaron durante los actos conmemorativos del 25 de Mayo en la Ciudad de Tilcara.
El estandarte contenía el texto: “Asociación Ex-Combatientes jujeños y otros / Operativo Independencia / Delegación Perico” y pasaron desfilando por la calle Belgrano frente al palco oficial colmado de funcionarios públicos.
Ante la moción presentada, el diputado de Primero Jujuy Agustín Perassi, planteó que se debe estudiar a fondo el repudio, debido a que se podría estar dañando a personajes que prácticamente fueron obligados a participar de este operativo y que en su momento revestían en su calidad de conscriptos al Ejército argentino.
Intervino el diputado Casas, quien mocionó que la Resolución que pudiera emitir la Cámara pase a ser tratada primero por la Comisión Especial de Derechos Humanos que se conformó en la Legislatura y en donde también están representados los organismos antes mencionados.
Finalmente la mayoría de los votos del oficialismo, posibilitó la aprobación de esta última propuesta, y será esta Comisión la que en definitiva redacte el acto de repudio o una ley que prohíba que todas estos tipos de organizaciones invoquen o resalten el nombre de hechos históricos que desmembraron la democracia argentina violando los derechos humanos de los ciudadanos.
El Operativo Independencia comenzó formalmente el 5 de febrero de 1975, con el decreto secreto de Isabel Perón que ordenó “neutralizar y/o aniquilar el accionar de los elementos subversivos” en Tucumán. Durante los catorce meses anteriores al golpe de Estado y con la excusa de combatir a la Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez del ERP, 195 personas fueron desaparecidas y 68 asesinadas, en tanto más de 1500 pasaron como secuestradas a diferentes centros clandestinos de detención y tortura.
Bandera de la Libertad Civil
Otra norma modificada fue la Ley 4816, que resaltaba en su artículo primero: “Se adopta como Bandera oficial de la Provincia de Jujuy a la “Bandera nacional de Nuestra Libertad Civil”. En este caso se modificó la palabra “adopta” por “reconoce” teniendo en cuenta que esta Bandera pertenece a los jujeños por ser donada al pueblo por el General Belgrano en compensación o reconocimiento a la gesta del Éxodo Jujeño.
También se suprimió el Artículo 4° donde se especificaba que “personas y entidades pueden emplearla” en el entendimiento que podrán usarla cualquier ciudadano y en cualquier ocasión.

