Crematorio: “Ambiente incumple con los deberes de funcionario público”
La abogada Alicia Chalabe se refirió a las irregularidades que existen en el proyecto de instalación de un crematorio en la zona de Los Paños.
Recordemos que los vecinos de Los Paños, en la localidad de San Antonio, desde noviembre pasado comenzaron a movilizarse manteniéndose alertas por el movimiento y la presencia de maquinaria pesada, a escasos metros del Río Paños.
Tras confirmar que las obras eran para instalar un crematorio solicitaron informes a la Comisión Municipal de San Antonio y los mismos fueron respondidos 4 de noviembre. En el escrito se aseguraba absoluto desconocimiento de las autoridades de tales trabajos. Asimismo, expresaban constancia de orden de suspensión de obras, lo que no ocurrió hasta el día 12 de diciembre, cuando la Justicia, luego de un amparo ambiental colectivo, dictaminó suspender todo tipo de trabajos en el terreno.
A partir de allí, con una serie de graves irregularidades administrativas según afirman los vecinos, el Ministerio de Ambiente convocó a Audiencia Pública para el día 15 de enero, la que fue suspendida por la Justicia a pedido de la comunidad que se opone.
La negativa de los vecinos de Los Paños a este emprendimiento en la zona, se basa en el grave impacto socio ambiental que significaría por tratarse de una región de bosques protegida por la legislación ambiental, cuyas condiciones de baja nubosidad casi en forma permanente, facilitarían que las emanaciones gaseosas del crematorio permanecieran entre la población de manera constante, provocando a largo plazo, enfermedades de gravedad y un daño irreparable a la salud.
El superior tribunal hasta el momento no corrió traslado de la demanda y ya se está llamando a audiencia pública para el 13 de febrero.
En este sentido, la Dra. Alicia Chalabe hizo un detalle de las irregularidades que contiene el proyecto de instalación del crematorio. Sostiene que la documentación tiene graves vicios y posible comisión de delitos graves.
Según la abogada, se hizo un procedimiento irregular con el saneamiento en el expediente iniciado por los vecinos. En el mismo expediente administrativo concluye con una convocatoria a una audiencia pública.
Por otro lado, no realiza el análisis de legalidad de la resolución Nº 383/2018 que es la primera obligación que tienen las autoridades públicas, de revisar la legalidad de los actos que le son presentados.
“Esta resolución propia del comisionado Álvaro De Bedia sobre un bien propio inmueble que posee carece de los requisitos establecidos por la Ley de Presupuesto Mínimo Ambiental para cambiar una regulación ambiental. Esto significa que hay una ley de fraccionamiento de tierra que establece su característica de urbana o rural”, explicó.
El carácter de rural tiene que ver con la protección de las especies nativas y un sinfín de normas ambientales que tienden a proteger. Y la característica de urbana es gozar de los servicios públicos. No hay en este expediente administrativo un oficio a la dirección general de inmuebles que haya informado que se ha deslindado este inmueble que adquirió el empresario para hacer una explotación comercial.
“Este mecanismo no puede dar un resultado con efectos jurídicos porque el acto que da inicio es irregular y viciado. Por lo tanto, estamos sometiendo a engaño a los ciudadanos que van a participar sobre la instalación o no de un crematorio cuando el acto originario está viciado”, concluyó.
El predio en cuestión se encuentra ubicado en el kilómetro 20 de la Ruta 2, a escasos 150 metros de las viviendas más cercanas, con dos escuelas primarias en proximidad, existiendo constancia que estos establecimientos deben ubicarse en distancias no menores a 10 kilómetros de asentamientos humanos.
La instalación drenaría los desechos propios en la toma de agua de río que abastece a las familias que viven en Los Paños, localidad sin servicio de agua potable. El paraje en tanto, forma parte de un corredor turístico muy promocionado, especialmente por autoridades provinciales.

