Se trata de la persona identificada como R.A.R., a la que le aplicaron la pena de 8 años de prisión por resultar ser autor penalmente responsable de los delitos de “Lesiones leves doblemente agravadas por haber mediado una relación de pareja y violencia de género y Abuso Sexual con acceso carnal en concurso real”.
Además, se ordenó la obtención del perfil genético del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Los hechos
El hombre acusado por la Fiscalía, R.A.R., fue condenado por los hechos ocurridos el 25 de diciembre de 2020, aproximadamente a horas 06.00, en circunstancias en que la víctima, una mujer mayor de edad, salió de la casa de su hermano ubicada en La Quiaca.
En esas circunstancias, fue que el imputado, que se encontraba en estado de ebriedad, interceptó a la mujer, quien había sido su ex pareja y tras agredirla verbalmente procedió a tomarla de los cabellos, momento en que la víctima logró soltarse y R.A.R. se cayó al suelo.
Debido a esto, el acusado la agarró de las piernas y tiró a la mujer, acertándole golpes de puño a la altura de la nariz, provocándole sangrado.
Seguidamente, el atacante levantó de los cabellos a su ex pareja y la llevó a la fuerza en dirección al río Toro Ara. Al llegar a la orilla, cerca unos sembradíos, la amenazó de muerte, la golpeó en la cabeza y luego la accedió carnalmente.
El veredicto, emitido por las juezas Margarita Nallar, Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig, fue dado a conocer en los últimos días.