Según lo explicaron los desarrolladores, Ezequiel Escobar de U-Sound y Andrés Jara de Nubimetrics, la app permite, por medio de la lectura del DNI, conocer si las personas están habilitadas para circular, alertar por incumplimiento de la cuarentena y hacer un seguimiento (trackeo), para que en caso de detectar un caso positivo, conocer en qué lugares estuvo esa persona.
Desde un primer momento, la nueva disposición del gobierno quedó envuelta en una fuerte polémica y no fueron pocos los que plantearon una supuesta ilegalidad.
Sin ir más lejos, este jueves el malestar se instaló en las puestas del Instituto de Seguros de Jujuy debido a que personal de seguridad, no efectivos policiales de turno, realizaban escaneos de documentos a empleados y afiliados por igual. El hecho expuso como se infringen las normas establecidas en la Constitución y que están pensadas para salvaguardar la seguridad y el derecho a la privacidad de las personas.
El gobierno utiliza la pandemia con el claro objetivo de recabar datos con otros fines distintos a los del control epidemiológico y la premisa pareciera ser conocer qué hace, dónde va y qué piensa el ciudadano jujeño. La prueba más obvia de esta intención fueron los sondeos políticos que se concretaron en el marco de los “test a domicilio” donde la mayor inquietud era conocer si la gestión de Morales tiene buena imagen.
Uno de los primeros en cuestionar la polémica medida fue el abogado y diputado Emanuel Palmieri quien impulsó una acción autónoma de inconstitucionalidad contra los escaneos.
Solicitamos al STJ que se declare la inconstitucionalidad. Resulta inconcebible que una persona civil, por más que sea empleado público, pueda increparte, pueda escanear tu documentación y hasta imponerte una multa Solicitamos al STJ que se declare la inconstitucionalidad. Resulta inconcebible que una persona civil, por más que sea empleado público, pueda increparte, pueda escanear tu documentación y hasta imponerte una multa
“No sabemos a dónde va a parar esta información ni qué uso se le dará”
En ese sentido, remarcó que se violan todas las garantías y libertades individuales. No se respeta el debido proceso ni la legítima defensa.
En las últimas horas, el Superior Tribunal de Justicia de la provincia emitió una resolución donde falla a favor de la presentación del letrado.
“RESUELVO 1º) Suspender preventivamente, en el ámbito de la circulación local de la Provincia de Jujuy, la recolección compulsiva de datos de cualquier ciudadano mediante la utilización del escaneo del D.N.I., la utilización de aplicaciones o cualquier otro mecanismo de control, sin perjuicio de la obligación de exhibir la documentación que acredite la identidad de los requeridos a los fines de corroborar el cumplimiento de lo dispuesto en los Arts. 1º, 2º y 3º (y sus modificaciones en cuanto a días y números de documentos habilitados para la circulación) de la Ley Nº 6168. 3º) Notifíquese con habilitación de días y horas. Fdo. Dra. María Silvia Bernal - Vocal del Superior Tribunal de Justicia - Ante mí: Dra. María Jesús Cosimano”.