La transparencia en la administración pública es un principio fundamental para el fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana.
La transparencia como pilar fundamental de la democracia
La transparencia en la administración pública es un principio fundamental para el fortalecimiento de la democracia y la participación ciudadana.
En este sentido, es vital recordar las restricciones necesarias que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser indispensables para asegurar el respeto a los derechos o la reputación de los demás, así como la protección de la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas. Este principio está claramente consagrado en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, específicamente en su Parte II, Numeral 2, donde se establece el compromiso de los Estados Parte de adoptar medidas legislativas u otras disposiciones necesarias para hacer efectivos los derechos reconocidos en dicho Pacto.
De manera coherente con estos pactos internacionales, la legitimación activa en el acceso a la información debe ser amplia. La única limitación existente para obtener información pública debe ser objetiva, es decir, el carácter reservado o secreto que esta pueda tener. Por lo tanto, siempre que no se trate de información contraria al interés público, el principio general debe ser permitir el acceso. Este acceso es un método esencial para fortalecer la forma republicana de gobierno, fomentar la participación ciudadana en la administración pública y ejercer control sobre los funcionarios que gestionan la cosa pública. Restringir este acceso constituye una transgresión de los pactos internacionales que han sido incorporados a nuestro ordenamiento jurídico con jerarquía constitucional.
El acceso a la información no es solo un derecho, sino un requisito esencial para el control ciudadano de la gestión pública. La obstrucción arbitraria o injustificada del acceso a la información, así como el suministro incompleto de la misma, representan limitaciones irrazonables al derecho de la ciudadanía a controlar los asuntos públicos.
La importancia institucional y social del presupuesto, así como su complejidad, obliga a articular mecanismos específicos de transparencia que permitan a la sociedad conocer el plan de acción de un gobierno, la administración y el destino de los fondos públicos.
La transparencia constituye el vértice de una pirámide compuesta por otros principios y sus correlativos derechos individuales y sociales. Este principio debe ser instaurado como una política pública que concrete la congruencia entre ética y política, considerando la honestidad, la eficiencia y la eficacia como elementos mensurables de la gestión destinados a mejorar la calidad de vida de las personas.
A pesar de su vital importancia, la transparencia se ha convertido en un verdadero desafío de este siglo, aunque es un concepto tan antiguo como la humanidad misma. La realidad nos muestra su cara opuesta: la corrupción.
Existe una relación directa entre corrupción y falta de publicidad, con un denominador común: lo oculto. Aquello que se encubre en el ejercicio de las funciones públicas. Por esta razón, la publicidad de los actos de las autoridades públicas, como manifestación concreta de la transparencia, es una herramienta primordial para combatir ese flagelo. Sin publicidad, la corrupción encuentra terreno fértil para propagarse y afianzarse.
Como se ha sostenido, la corrupción es "una amarga y lamentable lacra que ha caracterizado, en determinados momentos con más intensidad que en otros, la vida del hombre desde su aparición en el planeta". Transparencia Internacional (TI) ha señalado claramente sus consecuencias adversas, expresando que "la corrupción sistémica y la desigualdad social se refuerzan recíprocamente". Ambas forman un círculo vicioso que genera un reparto desigual del poder en la sociedad y una desigualdad en la distribución de la riqueza. De ello se desprende que los sectores más pobres son los más afectados por la corrupción, porque limita y deteriora los bienes públicos que son esenciales para ellos.
Por lo tanto, es fundamental generar una efectiva cultura de transparencia, instando a todo funcionario público a cumplir con una función proactiva en la difusión y divulgación de la información pública. Considerando la transparencia como un principio general del derecho, consustancial a todo el ordenamiento jurídico, sus principales componentes son el acceso a la información, la participación ciudadana y el control social.
El abandono del viejo sistema proteccionista, que postulaba que la información en poder de la Administración era secreta, y el paso a una mayor transparencia de los asuntos públicos, nos acerca a una versión actualizada del tradicional principio de publicidad y del derecho de petición.
Este enfoque renovado y superador tiene como núcleo la integración ciudadano-Estado. La transparencia debe ser vista no solo como un fin en sí mismo, sino como un medio para asegurar una gestión pública más justa, equitativa y eficiente. Así, se fortalece la democracia y se promueve una mayor confianza en las instituciones, creando un círculo virtuoso donde la ética y la política caminen de la mano para el beneficio de toda la sociedad.
El acceso a la información pública es una herramienta fundamental para el control ciudadano de la gestión pública. Facilitar a los ciudadanos el conocimiento de las decisiones que los afectan y el destino de los recursos públicos permite un control integral de la gestión pública en todas sus facetas y dimensiones.
Thomas Jefferson, uno de los padres fundadores de Estados Unidos, afirmó: “nadie desea más sinceramente que yo la difusión de la información entre la humanidad, y nadie ha tenido mayor confianza en sus efectos en punto a sustentar un gobierno libre y bueno”. Desde los inicios del constitucionalismo norteamericano, ha existido una preocupación por garantizar que la información estatal esté sujeta a libre acceso, aunque no siempre de forma gratuita.
Un ejemplo histórico de las implicancias del acceso a la información es el caso Marbury vs. Madison de la Corte Suprema de Estados Unidos. En este caso, se destacó que el acceso a información pública es esencial para garantizar la transparencia en los actos gubernamentales. La Corte insistió en que el nombramiento de jueces era un acto público y que cualquier ciudadano tenía derecho a acceder a dicha información.
Estos antecedentes históricos y jurisprudenciales confirman que el acceso a la información es un derecho de primer orden en la vida de la sociedad, mereciendo un lugar privilegiado dentro de las exigencias constitucionales. Sin embargo, este derecho no se agota con la simple obtención de la información; también es necesario comprender y evaluar su contenido. La información debe ser accesible, clara y comprensible para todos los ciudadanos.
Los Estados tienen la obligación de eliminar las barreras y obstáculos que impidan el ejercicio integral de este derecho fundamental. La información pública debe ser completa, accesible y clara, garantizando el respeto de los principios de igualdad, celeridad, informalidad y gratuidad. Algunos de los principales tratados internacionales que sustentan estas exigencias incluyen la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.
De acuerdo con estos pactos, la legitimación activa en el acceso a la información debe ser amplia, con la única limitación objetiva del carácter reservado o secreto que pueda poseer la información. Corroborado que no se trata de información contraria al interés público, el principio general es permitir el acceso. Esto fortalece la forma republicana de gobierno, fomenta la participación ciudadana en la administración pública y facilita el control de los funcionarios públicos.
La obstrucción arbitraria o injustificada al acceso a la información, así como el suministro incompleto de la misma, constituyen limitaciones irrazonables al derecho de controlar los asuntos públicos.

