Para el referente, este tipo de iniciativas tienen consecuencias políticas y jurídicas, además de económicas (“espantarán clientes”).
Desde el punto de vista político: “la gente está repodrida de pagar impuestos. Los gobernantes no lo entienden, y obviamente tienen sus problemas de caja, pero soluciónenlos achicando los aparatos estatales que, lejos de estar creados para servir a la población o la comunidad, se sirven de la misma y son una máquina de atraer recursos económicos. Dan muy poco o nada a cambio”.
Embed - A nivel nacional criticaron el impuesto al combustible de Jujuy
Desde el punto de vista jurídico: “estas normas son totalmente inconstitucionales. Algún día, a medida que se van expandiendo por el país, en algún momento llegarán a alguna corte verdaderamente independiente, y las declarará completamente inconstitucionales, como lo que son. Cada provincia que adhirió al pacto federal, o recibe coparticipación, o adhirió a la ley de 1958 de Vialidad Nacional, también compromete con su firma a cada uno de los municipios de su provincia. En esos compromisos se determina no establecer impuestos análogos a aquellos por los cuales se recibe coparticipación. El combustible a nivel nacional está gravado por el impuesto a los combustibles líquidos e impuesto al dióxido de carbono, impuestos nacionales y coparticipables. Estos impuestos son los que generaron los aumentos de combustibles en los últimos meses, que durante la gestión del anterior gobierno se mantuvieron desactualizados, se dejaron de cobrar. La política de administración fiscal del anterior gobierno era: “no me importa si no recaudo, total, imprimo el dinero que hace falta para cubrir el déficit fiscal”.
“Eso nos llevó a lo que nos llevó, ese desquicio fiscal. Uno de los impuestos que se dejó de pagar es el impuesto a los combustibles líquidos y dióxido de carbono. Ahora, estos impuestos se actualizaron y volvieron a generar una recaudación importante, porque son de aplicación pacífica. A nivel del país, excepto las regiones patagónicas, que tenían menor tributación, o Tierra del Fuego, que estaba exento por sus dificultades territoriales, era un impuesto importante, un recurso fiscal importante que se volvió a recaudar”.
“En el esquema tributario argentino, si una provincia adhirió a la coparticipación y compromete a los municipios con su firma a no crear impuestos análogos a los que existen a nivel nacional; si los crea, son completamente inconstitucionales. Se ponen de frente con normas de mayor jerarquía, como la Ley de Coparticipación”.
“Luego hay un tema de buena fe de los gobernantes: estas ordenanzas, una vez que se sancionan, como son sancionadas por un Poder Legislativo municipal, bien constituido, son de aplicación obligatoria. Son actos jurídicos legales. Cuesta muchísimo voltearlos, por así decirlo, entonces tienen vigencia”.
“Una vez que se sanciona una ordenanza de este tipo es probable que tenga, como mínimo, una vida asegurada de dos a tres años. Sanciono algo que durará dos o tres años, durante mi mandato, y después, el que venga, que se arregle. Puede tener que enfrentar una cantidad de juicios hasta tener que devolver el dinero, para quien haya conservado las facturas o tenga contabilidad. Creo que nadie reclamará los gobernantes. Tienen que actuar de buena fe”.
“En algún momento, más tarde que temprano, estas cosas llegarán a los tribunales superiores”.