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La Corte de Brasil declaró inconstitucional un argumento jurídico que dejaba impunes a femicidas

La "legítima defensa del honor" podía ser aplicada a aquellos asesinos que consideraban que su pareja los había traicionado.
  • Fue una histórica votación virtual que concluyó en la noche del viernes.
  • Los once magistrados del Supremo Tribunal Federal (STF) calificaron como inconstitucional el uso de este argumento jurídico en casos de femicidio.

Por decisión unánime, los magistrados invalidaron el uso de esta tesis en futuros casos de feminicidio por considerarlo contrario a los principios constitucionales que garantizan la dignidad de la persona humana, la protección a la vida y la igualdad de género.

De acuerdo con la decisión, que sienta jurisprudencia, la cuestionada tesis de la “legítima defensa del honor” no puede ser usada como argumento de la defensa durante la instrucción de un proceso ni en un juicio ante un tribunal popular.

Numerosos acusados de femicidios en Brasil, incluyendo casos de famosas personalidades, consiguieron ser absueltos de sus cargos en juzgados de primera instancia y hasta en tribunales de segunda y tercera instancia alegando que cometieron el crimen para defender su honor por supuestamente haber sido traicionados.

La eliminación de esta brecha jurídica quedó garantizada en la noche del viernes cuando el último de los once miembros del Supremo publicó su voto en el proceso virtual y dejó claro que la decisión no solo contaba con mayoría sino que era unánime.

El uso de la tesis de “legítima defensa del honor” fue cuestionado en un recurso presentado por el Partido Democrático Laborista (PDT), que pidió que se declarara como inconstitucional, y la petición fue acatada en febrero pasado por el magistrado José Antonio Dias Toffoli en decisión cautelar individual, ahora confirmada por el pleno de la Corte Suprema.

Para el PDT, el uso de esta tesis en casos de femicidios es “nefasta, horrenda y anacrónica”.

“Se trata de una estratagema cruel que subvierte la dignidad de la persona humana y los derechos a la vida y a la igualdad, y que es totalmente discriminatoria con la mujer, por contribuir con la perpetuación de la violencia doméstica y el feminicidio”, coincidió Dias Toffoli en su voto.

De acuerdo con el magistrado, esta tesis intenta “imputar a las víctimas la causa de sus propias muertes y lesiones, y contribuye inmensamente para la naturalización y la perpetuación de la cultura de la violencia contra las mujeres en Brasil”.

En la decisión final, el Supremo determinó que la tesis no puede ser usada como atenuante ni por la defensa ni por la Policía, la Fiscalía o un juez.

Un estudio divulgado la semana pasada por la Red de Observatorios de Seguridad reveló que unas 750 mujeres fueron víctimas de femicidios el año pasado en los cinco estados que concentran a casi la mitad de la población de Brasil (Sao Paulo, Río de Janeiro, Bahía, Ceará y Pernambuco).

En 2019 fueron identificadas 1.326 víctimas de femicidios en el gigante suramericano, un aumento del 7,1 % en comparación con 2018, en su mayoría mujeres negras muertas por sus propios compañeros sentimentales.

De acuerdo con estadísticas divulgada por el Gobierno esta semana con motivo del Día Internacional de la Mujer, Brasil registró en 2020, pese a las medidas de confinamiento para hacer frente a la pandemia del COVID-19, 105.671 denuncias de violencia contra mujeres, es decir cerca de 290 por día.

Del total de las denuncias, el 72 % correspondió a violencia doméstica, cometida principalmente por los esposos o compañeros sentimentales de las víctimas, incluyendo muerte, lesión corporal y sometimiento a sufrimiento físico, sexual o psicológico.