También resolvieron sobreseer total y definitivamente a K.I.C. respecto del delito de “Lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género” –por el que también fue acusado en la causa- por haberse extinguido la acción penal por prescripción. Además, lo absolvieron, por el beneficio de la duda, del delito de amenazas con arma, ilícito por el que también fue enjuiciado.
El veredicto fue dictaminado este miércoles 4 de octubre, por los jueces Gustavo Salvador Ortiz, Luis Ernesto Kamada y Cecilia Sadir.
Los hechos
De acuerdo con el requerimiento de la Fiscalía, el hecho por el que K.I.C fue condenado ocurrió el 5 de Julio de 2020, aproximadamente a las 17:30 horas, en una vivienda ubicada en un asentamiento de Alto Comedero.
Oportunidad en que el acusado, previo mantener una discusión, y con el fin de atentar contra la vida de su pareja y denunciante, la agredió físicamente con una botella en la cabeza, tomando luego un cuchillo que se encontraba en la mesa y le acertó una puñalada en la zona abdominal y otra en el pecho; intentando luego apuñalar a la víctima con un tercer ataque dirigido al centro del pecho, frenando el ataque la mujer con su mano, produciéndole cortes en los dedos de la mano derecha.