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7 funcionarios multados por no mostrar sus DDJJ

El 13 de julio vence el plazo para la presentación de declaraciones juradas tanto para funcionarios como para sindicalistas; en este sentido se supo que siete de los empleados públicos de la provincia que fueron sancionados con la retención del 20% de su sueldo por no haber cumplido con el trámite obligatorio.

En los últimos días se conoció la novedad que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó por 30 días corridos el plazo máximo para presentar las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales, que vencían originalmente entre el 11 y el 13 de junio.

De esta manera los contribuyentes alcanzados por estos tributos, funcionarios y sindicalistas deberán completar sus presentaciones antes del 11, 12 y 13 de julio, según la terminación del CUIT.

Dentro de este marco, se tomó conocimiento según fuentes cercanas al organismo de control, que actualmente siete funcionarios jujeños fueron multados por no cumplir este requerimiento administrativo.

La sanción establece la retención del 20% de su sueldo, justamente por no presentar los papeles. En este caso, la Oficina Anticorrupción actúa como un agente de retención hasta que se normalice la situación de las personas afectadas.

Cabe señalar que este proceso se encuadra dentro de la Ley N°5887 de “Modificación de la Ley de Ética Pública”.

Entre los principales puntos de dicha normativa, se remarca que el alcance de la misma es para los funcionarios de los tres Poderes del Estado Provincial. Por adhesión, a los integrantes de los Departamentos Ejecutivos y Deliberativos de los Municipios.

Además de que por sometimiento voluntario, a los miembros de cuerpos colegiados de conducción y control de Asociaciones Gremiales de Trabajadores, de Empresarios, de Profesionales, comunitarias, sociales y a toda entidad cuyo objeto sea administrar derechos e intereses colectivos o grupos organizados de personas. En general al cuerpo social en las vinculaciones entre el sector público y los ciudadanos.

También se deja en claro que la Declaración Jurada deberá contener una nómina detallada de todos los bienes propios del declarante, propios de su cónyuge, los que integren la sociedad conyugal, los del conviviente, los que integren en tal caso la sociedad de hecho y los de sus hijos menores, sea que los mismos se encuentren en el país o en el extranjero.

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