Además, el ex presidente de la Comisión Municipal de Yala deberá cumplir reglas de conducta por igual tiempo de la condena, entre ellas, la de someterse al cuidado del Patronato de Liberados y Encausados de la provincia y realizar trabajos no remunerados a favor del Estado o instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo.
Los hechos
Vargas Duran, fue acusado por la Fiscalía por que el 29 de mayo de 2014 el Consejo Comunal de Yala aprobó de forma unánime la Ordenanza Nº 40/14, mediante la cual se estableció el sueldo básico a cobrar por los vocales y el presidente de la Comisión Municipal .
El mismo consistía en la suma de $ 2.000 para los vocales, en tanto que, para el vocal que se desempeñe como presidente el sueldo básico se determinó en la suma de $ 2.200.
Sin embargo, a pesar de la vigencia de tal instrumento jurídico, Vargas Duran percibió como sueldo básico la suma de $ 3.080, en tanto los vocales $2.000.