Mario Pizarro, secretario de Energia. Explica el cargo FOPEJ
Por ese entonces entre las teorías de los detractores surgió la versión de una especie de fondo para financiar la construcción de los parques solares (Cauchari), desmentido categóricamente por Pizarro en varias oportunidades. Según el texto oficial:
La finalidad del CARGO FOPEJ es 1) en el corto plazo, fondear la actividad de generación de energía eléctrica del Sistema Aislado Provincial y 2) en el mediano plazo, ejecutar las obras de infraestructura eléctrica necesarias para el cumplimiento de los objetivos de la política provincial y la eliminación del componente de costos SAP.
Llegado 2020 con el FOPEJ en plena vigencia y varios períodos consecutivos entre tarifazos los cuestionamientos recrudecieron. Si bien el concepto C) Sistema Aislado Provincial pasó a costar $0 (puede constatarlo el lector en su factura) todavía y hasta la fecha no ha sido respondido que sucedió con el Fondo Compensador Tarifario enviado por Nación cuyo rol era el mismo, abaratar el gasto de generación eléctrica en pueblos aislado del sistema interconectado.
Fue por entonces cuando el Defensor del Pueblo Javier de Bedia ensayó una justificación, un tanto contradictoria teniendo en cuenta su rol. Aparentemente el aporte nacional era insuficiente y la convivencia entre ambas herramientas subsidiarias era necesaria.
“Con esos fondos la provincia cubre tarifas especiales, se cubre el déficit que produce la tarifa social, se cubren obras y parte de la distribución de energía en la Puna cubierto en simultáneo por el FOPEJ… Este cargo es una contribución de todos los usuarios de esta zona para ayudar a los lugares más desfavorecidos… Antes era un impuesto ahora es una tasa, se cambio para evitar el pago del IVA… La realidad es que el fondo compensador no alcanza”.
El Comité de Defensa del Consumidor CODELCO a través de su filial local ha realizado un seguimiento del cuadro tarifario según resoluciones tarifarias de SUSEPU desde mayo 2020 hasta la actualidad. Desde ese entonces el cargo en cuestión ha ido incrementando de manera desproporcionada, si es comparado con los tradicionales impuestos que figuran en la boleta alcanzando 150,8%. Por ejemplo el “cargo fijo”, que es el importe que cubre los costos de uso de las instalaciones y mantenimiento puede quedar cómodamente por debajo del FOPEJ que depende directamente de los kWh consumidos.
Según las bases conceptuales de FOPEJ su implementación “NO implica un incremento tarifario ni un aumento en la factura de energía eléctrica”, pero esta premisa podría no estar cumpliéndose según la perspectiva de Alicia Chalabe titular de CODELCO en Jujuy.
“En la audiencia del 24/5 pasado presentamos un cuadro ante la SUSEPU en el que se da cuenta del aumento del cargo FOPEJ desde el año 2020 hasta la fecha, un aumento del 150%. Cualquier persona puede observar en su factura, hay un monto en virtud del cargo fijo el valor de la energía y fíjense que FOPEJ tiene un valor mayor”.
No teníamos el detalle fundamentando que se cobraba, tal es así que en la última de las resoluciones dictadas por la SUSEPU en 2022 aparece el cargo FOPEJ Puna por ejemplo, que tampoco se conoce a que corresponde No teníamos el detalle fundamentando que se cobraba, tal es así que en la última de las resoluciones dictadas por la SUSEPU en 2022 aparece el cargo FOPEJ Puna por ejemplo, que tampoco se conoce a que corresponde
A modo de ejemplo Chalabe explica que un usuario que paga $9.000 por el servicio, es decir un nivel de consumo alto, pagará $1.000 de FOPEJ. Un monto más que considerable si se lo multiplica por los 252.000 usuarios (aprox.) con los que cuenta la empresa prestataria EJESA.
Por lo expuesto anteriormente la pregunta de JujuyalMomento del 19/02/2020 se reitera ¿Aporte solidario o impuestazo encubierto?