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Prepagas deberán retrotraer cuotas y devolver excedentes cobrados

Una sentencia federal estableció la medida aunque continuarán las readecuaciones de precios en los próximos meses. El análisis de una abogada jujeña, del área Densa del Consumidor.

  • La referente de PROCONSUMER, Claudia González, comentó la medida cautelar que establece retrotraer precios de cuotas de empresas de medicina prepaga.
  • Se determinó además la devolución de excedentes pagados aunque no se evita la redeterminación de precios en los próximos meses.

Recientemente, la justicia se expidió ante el amparo que presentó la Súper Intendencia de Servicios de Salud respecto a los aumentos de empresas de medicina prepaga, como consecuencia de la puesta en marcha del DNU presidencial. Al liberarse las restricciones de precios, hubo incrementos de alrededor del 45%.

La titular de la Asociación Protección de Consumidores del Mercado Común del Sur (PROCONSUMER), Claudia González, dialogó con Radio 2 y explicó la medida indicando que “en la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía se tomó una medida administrativa, cautelar, preventiva, como sanción a un grupo de obras sociales y empresas de medicina prepaga ante la sospecha de cartelización, en defensa de la competencia. La medida advertía que continuarían las investigaciones administrativas y también que el Estado se iba a presentar en la justicia a solicitar una medida cautelar”.

“No se sabía si esta decisión administrativa que pretendía retrotraer las cuotas se implementaría, si habría devolución a los usuarios que pagaron de más, por lo cual explicamos la limitación de la decisión administrativa. El Estado nacional se presentó a través de la Súper Intendencia de Servicios de Salud y aumentó el número de empresas; ya no eran solamente las que eran investigadas administrativamente”.

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“La presentación de este amparo de salud es rara ya que se presenta el Estado en contra de 23 empresas prepagas de salud, que prestan estos servicios y agrupan el 95% de los afiliados”.

“La sentencia hizo lugar a una medida cautelar sobre la cuestión de fondo; no hay decisiones. Lo que resolvió el juez del Juzgado Civil y Comercial Federal Nº 3 es hacer lugar a la medida cautelar que solicitó la Súper Intendencia de Servicios de Salud en contra de 23 empresas prepagas”.

“La medida cautelar dice que, provisoriamente, con el alcance restringido a los próximos cinco meses, se retrotraerá la cuota de las empresas al valor de la cuota de diciembre de 2023, con el aumento del costo de vida. Técnicamente no es el mismo valor, sino el valor base de la cuota con el aumento, el adicional del costo de vida”.

“Dependiendo si la cuota es de abril o mayo, el adicional será distinto. Además, algunas empresas cobran mes vencido. Si es el valor de la cuota de abril, tomaremos como base el valor de lo que el afiliado pagó en diciembre de 2023 con un 93,3% de aumento. Si el valor es el previsto para mayo, es la cuota de diciembre más un 114% de aumento. Y no se congela hasta septiembre: se seguirán actualizando mensualmente las cuotas, pero con el índice del costo de vida, el Índice de Precios al Consumidor”.

Se habla de un reintegro: les dan cinco días a las empresas para que presenten la manera en que se efectuará el mismo, ya sea con créditos, descuentos en próximas cuotas o vencimientos. Si el dinero generará interés, cuál será, entendiendo que debería ser el mismo que las empresas cobran en caso de mora. Además, no es necesaria ninguna presentación de ningún afiliado: esta decisión es general para todas las empresas de medicina prepaga”.

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