Por decreto, la presidente prohibió los avisos con ofertas sexuales
En el marco de la lucha contra la trata de personas, la presidente Cristina kirchner firmó el decreto 936 que prohíbe la publicación de avisos relacionados con la oferta sexual.
"La oferta sexual del rubro 59 es un delito y una profunda discriminación a la condición de la mujer como tal", sostuvo
Además, dijo que “es un deber de la sociedad luchar contra la trata de personas. Es un gigantesco paso contra la doble moral y la hipocresía que, muchas veces, reina sobre algunos sectores".
Según explicó la mandataria, el decreto 936 no se limita solo a la prohibición de las publicaciones de avisos donde se oferten servicios sexuales sino que también dispone la creación de una oficina de monitoreo a través de la cual el ministerio de justicia y el consejo de la mujer puedan trabajar conjuntamente en la lucha contra la trata de personas.
La norma concibe al delito de trata de personas como capacitación, transporte y/o traslado, y la acogida recepción de personas con fines de explotación y establece una pena que van desde los 3 a los 15 años de prisión.
El planteo de la Ley de Trata de Personas
Aquí algunos puntos a destacar de la ley 26.364:
-El delito incluye la captación de personas, ya sea para la explotación sexual, las prácticas de esclavitud, los trabajos forzados y la extracción ilegal de órganos y tejidos.
-Diferencia a las víctimas mayores de las menores de 18 años. En el primer caso se deberá demostrar que hubo algún método de coerción para que se configure el hecho ilícito.
- Es castigado con penas de 3 a 6 años de prisión, que puede elevarse a 10 si el culpable fuese familiar directo o cónyuge de la víctima.
-En el caso de que las víctimas sean menores de edad, la escala penal se eleva de 4 a 10 años de prisión. Y si se trata de menores de 13 años, será 6 a 15 años de prisión efectiva.