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Confirmaron los aumentos en el Monotributo: así quedan las escalas

Desde Escobar, el ministro de Economía comunicó que se elevarán los techos de las categorías del monotributo y créditos especiales para ese sector. Qué tasas tendrán desde ahora.

Este jueves, el ministro de Economía, Sergio Massa, realizó una serie de anuncios apuntados a monotributistas en el marco de la inauguración de Expo Escobar. La noticia principal que comunicó fue la confirmación del ajuste del 41,5% que se aplicará a la escala de facturación que rige el funcionamiento de ese régimen tributario a partir del primero de julio, en tanto que se mantendrán sin cambios el valor de la cuota mensual. Esto se realiza de cara a la recategorización semestral, que será en breve. Y, por otro lado se lanzaron créditos blandos para el sector.

Alivio Fiscal: Mejoras en las escalas para monotributo

De esta manera, a partir de las modificaciones que comenzarán a regir en el mes de julio, los ingresos brutos de la categoría A pasarán de $ 999.657,23 a $ 1.414.762,58; en la B de $ 1.485.976,96 a $ 2.103.025,45; en la C de $ 2.080.367,73 a $ 2.944.235,60; en la D de $ 2.583.720,42 a $ 3.656.604,33; en la E de $ 3.042.435,05 a $ 4.305.799,15; en la F de $ 3.803.043,82 a $ 5.382.248,94; en la G de $ 4.563.652,57 a $ 6.458.698,71; y en la H de $ 5.650.236,51 a $ 7.996.484,11.

En esta línea, la categoría I subirá de $ 6.323.918,55 a $ 8.949.911,06; la J de $ 7.247.514,92 a $ 10.257.028,68; y la K de $ 8.040.721,19 a $ 11.379.612,01.

En tanto, la cuota mensual -- los importes a pagar por el impuesto integrado y por los aportes a la obra social y al sistema jubilatorio-- se mantienen sin cambios, para las distintas categorías.

Con este nuevo aumento en los topes de facturación, los límites de ingresos brutos anuales de cada categoría quedan de la siguiente manera:

  • Categoría A: pasa de $ 999.657 a $ 1.414.762
  • Categoría B: pasa de $ 1.485.976 a $ 2.103.025
  • Categoría C: pasa de $ 1.557.443 a $ 2.944.235
  • Categoría D: pasa de $ 2.583.720 a $ 3.656.604
  • Categoría E: pasa de $ 3.042.435 a $ 4.305.799
  • Categoría F: pasa de $ 3.803.043 a $ 5.382.248
  • Categoría G: pasa de $ 4.563.652 a $ 6.458.698
  • Categoría H: pasa de $ 5.650.236 a $ 7.996.484
  • Categoría I: pasa de $ 6.323.918 a $ 8.949.911
  • Categoría J: pasa de $ 7.247.514 a $ 10.257.028
  • Categoría K: pasa de $ 8.040.721 a $ 11.379.612

En la actualidad, existen 4.781.614 de monotributistas, de los cuales 2.894.352 pertenecen a la categoría A; 642.137 a la B; 359.565 a la C; 350.964 a la D; 180.989 a la E; 185.074 a la F; 107.562 a la G; 49.608 a la H; 7.471 a la I; 2.575 a la J; y 1.317 a la K, detallaron fuentes del Ministerio de Economía.

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¿Tengo que recategorizarme en el monotributo?

En julio regirá el período para la recategorización obligatoria de todos los contribuyentes. Es el trámite por el cual cada monotributista debe observar la facturación de los 12 meses previos y, en caso de ser necesario, reubicarse en la tabla de las categorías acorde a los ingresos.

Para evaluar si corresponde una recategorización se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados para el encasillamiento como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.

Si los parámetros analizados superan o son inferiores a los de la categoría vigente corresponde realizar la recategorización. Y el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.

Por otro lado, si transcurrieron menos de 6 meses de la inscripción en el monotributo no corresponde hacer la recategorización. En tanto, aquellos monotributistas que mantengan la misma categoría no deberán efectuar ninguna acción.

FUENTE: Infobae

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