La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Ambiental del Ministerio Público de la Acusación, encabezada por el fiscal Javier Sánchez Serantes, luego de constatarse el incumplimiento de una resolución dictada en 2022 por el Juzgado Ambiental.
Una orden que no fue cumplida
La Justicia había ordenado el cese inmediato del depósito de residuos, así como de cualquier actividad de enterramiento o quema en un inmueble ubicado en el barrio El Balcón de Alto Comedero.
Además, se había dispuesto iniciar en un plazo de 15 días el proceso de remediación y limpieza del lugar y que, dentro de los 30 días, el predio quedara libre de residuos y chatarras potencialmente contaminantes.
Sin embargo, pese a haber sido intimado en reiteradas oportunidades, el acusado continuó acumulando residuos, vehículos y chatarra en el inmueble.
La condena
La Fiscalía Ambiental logró acreditar una conducta persistente de desobediencia frente a la orden judicial.
Finalmente, el Tribunal Unipersonal, integrado por el juez Martín de Athayde Moncorvo, condenó a C.V.R. por el delito previsto en el artículo 239 del Código Penal.
La prisión será de ejecución condicional y, durante dos años, deberá cumplir distintas reglas de conducta, entre ellas fijar domicilio, informar cualquier cambio de residencia y abstenerse de ejercer violencia, amenazas o intimidaciones contra las víctimas.
También se dispuso la implementación del dispositivo de monitoreo DIME en favor de las víctimas.
La sentencia representa un antecedente relevante en materia ambiental en Jujuy y establece consecuencias penales ante el incumplimiento reiterado de una orden judicial destinada a evitar la contaminación y la acumulación de residuos.