El proyecto explica que, "se entiende por cirugías estéticas o mutilaciones cosméticas a las intervenciones quirúrgicas realizadas por un profesional o en ámbitos profesionales (veterinarias, quirófanos veterinarios entre otros), como así también en domicilios particulares o criaderos".
Asimismo cita como ejemplos a las siguientes prácticas: caudectomía (corte de colas), cordectomía (corte de cuerdas vocales), la otectomía (cortes de oreja), onicectomía (remoción de uñas), implantes de silicona o botox, entre otras.
Entre los argumentos del proyecto se menciona que este tipo de intervenciones quirúrgicas implican el sometimiento de los animales a situaciones dolorosas, crueles, innecesarias, degradantes, antinaturales y disfuncionales.
Con respecto a las sanciones que prevé la Ley, se modificará el artículo 93 del Código Contravencional, para incluir a quienes profieran mutilaciones con fines estéticos. De manera que les corresponderá hasta 21 días de trabajo comunitario, multa de hasta diez Unidades de Multa y arresto de hasta 7 días.