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La UCR quiere repartir el 30% de la Coparticipación provincial

El régimen de coparticipación municipal de impuestos y recursos, propuesto por la Unión Cívica Radical, estipula que el 30% del total que recibe la provincia por la Coparticipación Federal y otras legislaciones vigentes.

En este sentido, según el proyecto presentado, el radicalismo pretende una distribución primaria, de recursos coparticipables, a excepción de aquellos que les pertenecen a las municipalidades y Comisiones Municipales. La distribución primaria, sería: el 30% del total que recibe de la provincia en concepto de Régimen de Coparticipación Federal, Ley 23548 y modificatorias y acuerdos fiscales. El 50% del total del impuesto inmobiliario, según artículo 192 inc. 6 de la Constitución Provincial. El 25% del total del impuesto sobre los ingresos Brutos. El 20% del total de impuesto de Sellos y el 100% del total del impuesto de los automotores.

De todos estos montos, actualmente el único que se respeta es el Automotor, que lo perciben los municipios directamente de los contribuyentes. Inmobiliario, Ingresos brutos y Sellos, nunca lo percibió.

La distribución secundaria se haría de la siguiente manera: El 2% para el Fondo de desarrollo Comunal; el 88% para las municipalidades y el 10% para las Comisiones Municipales.

La distribución entre los municipios se haría: el 75% en función directamente proporcional al número de habitantes, tomando como base los datos proporcionados por el último Censo Nacional de Población y Vivienda. El 10% en proporción directa al cociente resultante de dividir la población de cada municipio por su planta de personal, contando para ellos los funcionarios, agentes de planta permanente, contratados y jornalizados. El 7% en proporción directa a la recaudación propia de la municipalidad; el 3% en proporción inversa al consumo de energía por habitante.  Y el 5% en partes iguales entre las municipalidades.

En el proyecto, el radicalismo impone una cláusula de garantía, donde se estipula que el monto a distribuir por la provincia a las Municipalidades y Comisiones Municipales, como resultante del nuevo régimen de distribución, no podrá ser inferior al monto distribuido anterior a la vigencia del presente, establecido en el Acuerdo Provincia Municipio, suscripto en el año 2002.

En otro punto del proyecto, se destaca que los municipios y comisiones municipales, deberán compatibilizar y estandarizar sus Ordenanzas Tributarias de acuerdo a las características y similitud y complementarlas con el Código Tributario Provincial.

También se estipula la creación de la Comisión Fiscal Provincial, que estará integrada por dos representantes de cada municipio o Comisión Municipal.

Este comité, entre otras funciones, deberá aprobar el cálculo de los porcentajes de distribución, conforme los establece la presente ley, ejercerá el control y fiscalización de su elaboración. Además controlará la liquidación y acreditación de fondos que le corresponde a cada Municipalidad y Comisión Municipal, respetando lo ya establecido por la Constitución Provincial. También se crea el Fondo de Desarrollo Comunal, cuyos recursos estarán destinados a la realización de obras de infraestructura comunal.

Con este régimen, los municipios se aseguran percibir tres conceptos fundamentales que nunca fueron distribuidos; los porcentajes de Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario e Impuesto de Sellos que se recaudan a nivel provincial y que no llegan a la Nación.

En el 2008, la provincia recaudaba más de 15 millones de Impuesto Inmobiliario, y ahora el 50% tendría que se coparticipado.

En el 2009, esos montos subieron considerablemente y la recaudación total por los tres conceptos trepó a lo 295 millones de pesos, aproximadamente. Esa cifra en un 75% corresponde a Ingresos Brutos, un 10% a Impuesto Inmobiliario, y otro 12% Impuesto a los Sellos.

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