Cómo justificar el traslado de los menores durante la cuarentena
- Cuarentena: El padre o tutor que traslade a niños, niñas o adolescentes a su cargo deberá tener una declaración jurada y su DNI.
- Será únicamente en casos excepcionales como razones laborales (exceptuadas del aislamiento) o situaciones de salud.
La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado de la persona menor de edad, deberá tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el Documento Nacional de Identidad del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa del traslado.
El área Desarrollo Humano de la provincia recomendó a la población a tener en cuenta las medidas de excepción que establece la Resolución Nacional del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación; recordando que se debe siempre priorizar el interés superior de la niña, niño y adolescente y la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos en por ley.
Serán considerados supuestos de excepción, por ejemplo:
- “Cuando al momento de entrar en vigencia la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio el niño, niña o adolescente se encontrase en un domicilio distinto al de su centro de vida, o al más adecuado al interés superior del niño, niña o adolescente para cumplir el aislamiento social mencionado. Este traslado debe ser realizado por única vez”.
- “Cuando uno de los padres, por razones laborales que se inscriban en alguno de los incisos del artículo 6° del Decreto N° 297/20, de asistencia a terceros u otras causas de fuerza mayor, deba ausentarse del hogar en el que se encuentra el niño, niña o adolescente; pueda trasladarlo al domicilio del otro progenitor, familiar o referente afectivo”.
- “Cuando por razones de salud y siempre en beneficio del interés superior del niño/a, pueda trasladar al hijo/a al domicilio del otro progenitor”.
Se puede acceder a mayor información y al formulario de la declaración jurada en el siguiente enlace https://www.argentina.gob.ar/noticias/coronavirus-medidas-de-excepcion-para-que-padres-y-madres-puedan-trasladar-ninos-ninas-y o descargarlo en las imágenes de la presente nota junto con la mencionada resolución del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.