Pocas frecuencias y unidades adaptadas, mal estado de coches y aglomeración de personas en los mismos son algunos de los reclamos más frecuentes de los usuarios capitalinos.
A estas denuncias se suma la de la falta de cumplimiento de la norma municipal que prohíbe la reproducción de música o videos en cualquier tipo de dispositivos o aparatos sin auriculares.
Esta ordenanza (6945), aprobada en 2016, toma iniciativas que habían comenzado a desarrollarse en 2012, y establece que los pasajeros tienen prohibida la reproducción de música o videos en dispositivos tecnológicos portátiles sin utilizar auriculares.
Por otro lado, señala que los choferes podrán escuchar música en sus estéreos a un volumen bajo para no entorpecer su comunicación con los pasajeros ni provocar distracciones.
Todo hace preguntarse si la Dirección General de Tránsito está al tanto de las violaciones a esta norma, al ser la autoridad de aplicación de la misma. Asimismo, abre el interrogante de la necesidad de crear un organismo de control de cumplimiento de las ordenanzas por parte de las empresas de transporte, cuyo servicio no está bien calificado por los usuarios por su calidad, a pesar de los aumentos regulares del precio del boleto.