Sectores que vienen observando de cerca lo sucedido en la causa apuntan contra la praxis de los fiscales intervinientes.
Señalan desidia para obtener información y realizar los peritajes necesarios, falta de minuciosidad en el análisis de la información obtenida, inadecuado método de gestión de la obtención de la información, falta de estrategia en la toma de declaración.
Se observan actuaciones fiscales no ejecutadas o mal planteadas, interpretaciones jurídicas erróneas como citó Gabriela Burgos en una nota para nuestro medio afirmando que un fiscal califico el caso como trata de “blancas” cuando en realidad la figura es trata de “personas”.
El rol del fiscal en este nuevo esquema procedimental es protagónico y fundamental ya que de su profesionalismo depende que la investigación cumpla sus fines.
La decisión de derivar la causa al fuero federal con el grave antecedente de que se lo hizo con todos los plazos procesales vencidos produce dos consecuencias muy severas: impunidad y deslegitimación de la Justicia penal ante los ciudadanos de Jujuy.
Ahora desde lo técnico jurídico los plazos vencidos producen la extinción de la acción penal que fue lo que ocurrió.
El juez federal podría archivar el expediente o declarar el desistimiento si considera que no hay elementos suficientes para continuar…
Ahora bien, las partes involucradas podrían interponer recursos basados en los incumplimientos de los plazos procesales.
Si se determina que la omisión en el seguimiento de los plazos fue atribuible a negligencia podrían enfrentarse a consecuencias administrativas o disciplinarias.
En el plano de las pruebas, como consecuencia de la mala praxis podrían tener menos relevancia a medida que el tiempo transcurre afectando la causa en sí.
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