Jujuy | Caso Milagro Sala |

La contadora Gutiérrez recuperó su libertad

Fue catalogada como uno de los “perejiles” del caso Milagro Sala; permanecía detenida desde enero, en el marco de la megacausa que investiga el robo de dinero destinado a la construcción de viviendas. 

En la jornada de ayer la Cámara de Apelaciones accedió a otorgar la libertad a la contadora del Instituto de Viviendas y Urbanismo de Jujuy, Marta Gutiérrez, quien permanecía detenida desde el 28 de enero, con excepción un intervalo en el mes de febrero, en el que había podido salir de su lugar de detención. 

Su defensa solicitó el cese de detención, algo que había sido rechazado en primera instancia por el juez de control Gastón Mercau. Finalmente la apelación a este rechazo fue resuelta en forma favorable a la empleada del IVUJ, quien queda en libertad desde hoy. 

Gutiérrez se desempeñó como jefa del departamento financiero del Instituto de Viviendas. Tenía a su cargo, entre otras funciones, la firma de los cheques que eran entregados a los cooperativistas que pertenecían a la red de organizaciones sociales que lideraba Milagro Sala, para construir viviendas. 

Cuando la justicia avanzó con las investigaciones por las sospechas de corrupción sobre los fondos que el gobierno nacional remitía a la provincia, la contadora junto al vocal social Pablo Tolosa quedó detenida. 

Sus allegados los definieron como los primeros “perejiles” de la megacausa, argumentando que la decisión de autorizar los pagos pese a la falta de avances en las obras fue tomada desde el poder político en su más alto nivel, donde ni Gutiérrez ni Tolosa accedían. 

Tras un largo periplo de su familia, la contadora podrá recuperar su libertad desde hoy, mientras se resuelve su situación judicial. 

El fallo

Los jueces doctores María Mercedes Portal de Albisetti, presidente de trámite, Emilio Carlos Cattan, habilitado, y Néstor Hugo Paoloni fueron los que revertieron el falle del Juez de Control Nº 4 Dr. Isidoro Arzud Cruz, quien en fecha 31 de marzo del corriente año dispuso no hacer lugar al cese de detención solicitado por la inculpada.

En su voto, la Dra. Portal de Albisetti expresó, como fundamento de su decisión, entre otros aspectos, que los cambios en la causa por la que está detenida la imputada se han producido, es decir se sucedieron modificaciones, y en lo que a la imputada respecta, a partir de su declaración indagatoria hubieron cambios notorios.

Para la magistrada, la detenida es una persona que si bien está sometida a proceso anterior, se advierte que estuvo a derecho tanto en una causa conexa como en la presente, que es una persona de arraigo, no fue declarada rebelde y por su cuadro de salud, fundado en los resultados de informes médicos, permite otorgar la libertad por tratarse de una persona enfermiza, de estado de salud delicado.

Sobre el particular, la jueza establecio que al recuperar la libertad, bajo caución juratoria, Gutiérrez Torres deberá cumplir con las siguientes restricciones: 1-Fijar domicilio dentro de la provincia; 2- No ausentarse de la provincia de Jujuy, ni de este país, y en casos especiales y de excepción, con la expresa autorización del juez pertinente; 3- Comprometerse bajo juramento a presentarse cada quince días en la Secretaría del Juzgado de Control Nº 4 a cargo del Dr. Isidoro Arzud Cruz; 4- Prohibir a la imputada nombrada concurrir al Instituto de Viviendas de Jujuy y/o a cualquier organismo de su dependencia; 5- Concurrir en la forma indicada cada vez que la autoridad judicial considere necesario.-

 

 

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