Decreto de Fellner viola la Constitución Nacional y Provincial
Así lo aseguró el ex juez federal Vicente Casas, quien hizo un análisis del decreto reglamentario de la Ley 4444 de Acceso a la Información Pública, que fue reglamentado por tercera vez en la gestión del gobernador Eduardo Fellner y que aplica mayores restricciones a la posibilidad de obtener información del Estado provincial.
“La Constitución de 1853 y sus reformas, en el art. 14 se dice que “todos los ciudadanos tienen derecho a publicar sus ideas por la prensa sin censura previa. Estos decretos vienen en cierta forma a poner alguna manera de censura, porque nos dice, por ejemplo hay que completar run formulario, que hay que obtener un certificado de residencia policial. Al mismo tiempo la Constitución de la Provincia de Jujuy, reformada en 1986 -estamos hablando de algo contemporáneo a nuestros días- en el artículo 31, inc. 6, garantiza el acceso directo a las fuentes oficiales de información, como al derecho al secreto profesional”, afirmó el abogado en diálogo con Radio 2.
También hizo referencia a un hecho mucho más grave, a las restricciones que se le imponen a los medios de prensa o a los periodistas, cuya labor está garantizada en la Constitución Provincial y Nacional donde se hace referencia al acceso directo de los periodistas a las fuentes de información. “Estos formularios son formalismos que establece el decreto; no corren porque están decididamente en contra de la Constitución de la Provincia de Jujuy. Este decreto está vulnerando el artículo 31 de la Constitución de Jujuy y también el artículo 14 de la Constitución de la Nación” acentuó.
Casas aseguró además que queda la instancia judicial para ir en contra del decreto reglamentario y “en ese sentido debería recordar estos principios. Además de ellos tenemos firmados tratados internacionales donde garantizamos el cumplimiento de esta información pública y este decreto parecería que está vulnerando esos tratados internacionales que tienen una jerarquía determinada en nuestra Constitución Nacional”.
Por otro lado, el decreto que fue firmado el 10 de julio pasado, dice que tendrá vigencia inmediatamente o al día siguiente. “Es decir que no da los 8 días lógicos y naturales que prevé el Código Civil para todo tipo de normas”.
El constitucionalista consideró que la medida más acertada para este tipo de arbitrariedades “es seguir los concejos del papa Francisco. ‘Hagan lío’, lío pacífico por supuesto. Hay que publicarlo, hay que instalarlo en la calle, en la ciudadanía, instalar grupos de opinión. Lo peor que podemos hacer es quedarnos callados. Es cierto que el camino es difícil, es cierto que puede pasar octubre, noviembre, diciembre, pero no hay que cansarse porque está en juego uno de los principios fundamentales que hacen a la existencia de la república, que es la libertad de imprenta”.