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Demandan a las expendedoras jujeñas por la Tasa Vial

Abogado local asegura que las estaciones de servicio se quedan con un porcentaje del tributo, y por eso accionaron legalmente contra ellas.

  • Demanda contra las expendedoras de combustible por la denominada Tasa Vial.
  • El abogado local Alejandro Mur indicó que, como se quedan con una parte del tributo, accionaron legalmente en su contra.
  • “Se quedan con el 2% del importe resultante del producto en concepto de compensación, por eso la acción judicial también quedó planteada en contra ellas”.

A las demandas contra municipios y el gobierno provincial por la “Tasa Vial”, el tributo que se paga al cargar combustible, para arreglar calles y avenidas en San Salvador de Jujuy y otras locaciones, se sumó por estas horas una demanda a las estaciones de servicio, que de acuerdo al abogado local, Alejandro Mur, “se quedan con el 2% del importe resultante del producto en concepto de compensación”.

Mur confirmó que en las últimas horas se presentó una medida cautelar contra la comuna y empresas expendedoras, después de otros recursos activados en marzo, “solicitando que se abstenga de aplicar esta tasa. No contestaron, se dieron las órdenes y se sancionaron la ordenanza y decretos que establecen la tasa esta tasa. Es un impuesto encubierto al consumo de combustible y el GNC. La tasa obliga a las estaciones de servicio a actuar como agentes de cobro y retención, el dinero es recaudado por las empresas y entregado mensualmente al municipio, y las empresas se quedan con el 2% del importe resultante del producto en concepto de compensación. Por eso la acción judicial también quedó planteada en contra de las empresas, porque reciben un porcentaje del impuesto”.

“Esta tasa es ilegal, es algo inconstitucional, confiscatorio, perjudicial, genera desigualdad, es violatorio no solo de la Constitución nacional sino de diferentes leyes nacionales que, casualmente, se sancionaron para evitar que se produzca una doble imposición del mismo tributo”, agregó.

Asimismo, marcó que “los estacioneros forman parte de la actividad recaudatoria. No están obligados a cometer una ilegalidad, si saben que es ilegal, pueden plantear denuncias, reclamos, acciones judiciales”.

Por otro lado, recordó que “la ordenanza establece multas para las empresas que no cobren pero, si las empresas se sienten amenazadas, amedrentadas, pueden plantear reclamos administrativos o judiciales al municipio, pero no lo hicieron, y forman parte de la mecánica de cobro”.

“La acción está planteada contra el Concejo Deliberante y la Municipalidad, los dos organismos de donde salieron las ordenanzas. También tenemos que accionar contra el privado, porque además de cobrar, no entregan tickets, facturas informando montos”.

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