El Tribunal de Revisión —integrado por doctora Gisela Macina y los doctores Néstor Paoloni y Vicente Apaza— resolvió elevar la pena a 6 años de prisión de cumplimiento efectivo, tras considerar que la condena anterior era errónea e insuficiente.
El pasado 25 de febrero, un tribunal de juicio (doctora Claudia Moreno, Jorge Marcelo Ibáñez y Juan Cabezas) había sentenciado al acusado a solo 4 años, bajando la calificación a "tenencia simple" y amenazas. Sin embargo, la Fiscalía apeló la decisión judicial al considerar que las pruebas de comercialización eran contundentes.
El perfil del condenado: Rojas Ortiz
El protagonista de este caso es Carlos Rojas Ortiz, quien en el último tiempo había ganado notoriedad mediática por realizar denuncias seriales contra fiscales e intendentes de la región del Ramal. Sin embargo, la investigación judicial demostró que esta faceta coexistía con actividades ilícitas vinculadas al narcomenudeo.
Las pruebas que el Tribunal de Revisión validó para aumentar la condena son determinantes:
- El búnker de San Pedro: En un allanamiento en el Barrio Santa Ana, se secuestraron 94.9 gramos de cocaína, balanzas de precisión y elementos de fraccionamiento.
- Captura en flagrancia: Tras estar prófugo con orden de detención, fue capturado en la zona céntrica con más estupefacientes y otra balanza entre sus ropas.
- Confesión de cómplices: Otros dos detenidos en la causa aceptaron su culpabilidad en un juicio abreviado y declararon que Ortiz era quien los reclutaba para salir a vender la sustancia.
Un historial de reincidencia
El fallo actual pone énfasis en que el acusado no es un principiante: ya contaba con una condena condicional previa por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Al reincidir y mantener una estructura de venta activa, el tribunal determinó que la única pena posible era el cumplimiento efectivo en prisión, cerrando así un caso que había generado fuerte resonancia en la zona del Ramal.