"Incremento solidario", complicaciones para cumplir con la obligatoriedad del decreto
- La obligatoriedad del decreto genera complicaciones a pymes que no pueden afrontar los pagos.
- El certificado Mi Pyme, otorgado por la AFIP, podría brindar un beneficio aunque este descuento todavía no está vigente y se aplicara recién en marzo.
- La medida busca reactivar el consumo interno que es de lo que se nutre más del 70% de las pymes.
En las últimas horas, el Centro de Empleados de Comercio se hizo eco de una serie de reclamos de trabajadores del sector privado. El problema central gira en torno al no pago del "incremento solidario" que anunció el gobierno nacional en diciembre de 2019.
Consultado por la situación en el sector, Luis Alonso, el presidente de la Unión de Empresarios de Jujuy, manifestó que el decreto es obligatorio y debe ser pagado aunque asegura que se venía anticipando que muchas pymes sobre todo las más chicas tendrían problemas para afrontarlo. Mencionó al respecto que el decreto debió segmentar la totalidad empresarial por dimensión, región y rubro principalmente.
En ese sentido, enfatizó sobre el decreto solidario para las pymes que potencialmente tengan el certificado Mi Pyme, un certificado otorgado por la AFIP ratificando una categoría que puede lograr beneficios y en ese caso podrían verse favorecidos con la posibilidad de no pagar aporte contribucional. Lo cierto es que este descuento todavía no está vigente y se aplicará recién en marzo.
Para concluir recordó medidas económicas impulsadas en diciembre por el gobierno nacional con el objetivo de reactivar el consumo, entre ellas los bonos a un sector de los jubilados y el decreto incremento solidario