Cabe recordar que los precios de los más de 2.000 productos incluidos en el programa se mantuvieron congelados desde el 6 de marzo de 2020 hasta julio del año pasado. Durante ese último mes y también en octubre, Interior autorizó aumentos de hasta 6% en algunos artículos. Sin embargo, ahora no se permitieron subas.
El programa incluye a todos los almacenes, mercados, autoservicios, supermercados e hipermercados, a excepción de las mipymes y establecimientos mayoristas de venta de productos de consumo masivo, que cuenten con salón de ventas.
En esa oportunidad se exceptuaron del programa vinos, espumantes, miel y un grupo de productos regionales, estos últimos elaborados principalmente por micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes).
También se excluyeron algunos productos lácteos, pastas secas, masas, golosinas, milanesas de soja, azúcares premium y productos sin TACC, entre otros, fabricados por mipymes.
También rige para todos los distribuidores, productores y comercializadores de cosas muebles, obras y servicios, y prestaciones que se destinen a la producción, construcción, procesamiento, comercialización, sanidad, alimentación, vestimenta, higiene, vivienda, deporte, cultura, transporte y logística, y esparcimiento.
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