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Reclaman una urgente reforma del Código de Faltas de Jujuy

El diputado provincial Pablo Baca asegura que la normativa vigente en la provincia es inconstitucional y obsoleta, ya que data de la década del ’50. “Se utiliza para perseguir a los sectores vulnerables”, señaló.

Desde hace algunos años, distintos sectores de la sociedad jujeña viene bregando por la derogación y reformulación del actual Código de Faltas o Código Contravencional de la provincia de Jujuy.

La actual normativa data de la década del ’50 y no contempla los problemas de convivencia de la sociedad actual, que dista mucho de la de esa época. Por ello es que se considera a esta norma obsoleta.

Respecto de este reclamo de la sociedad por reformar el Código de Faltas, el diputado provincial por la UCR, Pablo Baca, manifestó a Radio 2 que “el Código de faltas es una antigüedad en Jujuy, es una norma que viene de mediados del siglo XX (1950 aproximadamente), no tiene ningún tipo de adaptación a lo que son los problemas de convivencia en la sociedad actual y que además tiene problemas graves en el sentido que no garantiza ni siquiera mínimamente los problemas y derechos que tendría que garantizar por la Constitución, por los tratados de los derechos humanos”.

“Es un código que está hecho para perseguir a los sectores vulnerables para que, en definitiva, la Policía pueda detener y aplicar arrestos sin ningún tipo de motivo en base al  prejuicio o directamente a la voluntad de perseguir. Con esto no estoy hablando mal en particular de ningún policía ni de la Policía actual, sino que es una posibilidad que da el propio código”, dijo.

Asimismo, el legislador aseguró que “hace muchos años que se viene planteando la necesidad que se lo reforme, que se haga un Código de Faltas moderno, adaptado a los problemas que puede generar la convivencia en una sociedad como la nuestra, y eso ha sido resistido hasta ahora por el oficialismo, que ha preferido mantener hasta ahora este código que tenemos, que es un código que no tiene validez porque la ha perdido en base a las transformaciones que tiene el derecho y las garantías que tiene que reconocer ahora cualquier norma sancionatoria. Además también ha perdido actualidad”.



Baca también planteó que “hay que cambiar el espíritu mismo del código porque lo que tiene que reprimir un derecho sancionatorio son conductas, es decir que tiene que tomar en cuenta actos que son dañinos para los terceros y reprimirlos”.

“Lo que castiga el Código de Faltas que tenemos en Jujuy son formas de ser, se puede decir. Por ejemplo, éste habla de ‘mujeres inmorales’, habla de ‘los que merodean’ o de los ‘vagos’, o de las ‘mujeres clandestinas’. Entonces, esto le permite a la Policía establecer a simple vista ‘ésta es una mujer inmoral’, ‘éste es un vago’ o ‘ésta es una persona que está merodeando’ y aplicarle un arresto, que muchas veces puede transformarse en el pago de una multa y que naturalmente se usa para perseguir a los sectores más vulnerables, a los que menos pueden defenderse y que se aplica en función del prejuicio, en la voluntad de discriminar y perseguir a un sector o un grupo de personas”, indicó.



Consultado acerca de por qué esta norma desactualizada sigue en plena vigencia, el legislador radical señaló que “evidentemente hay una voluntad del oficialismo de mantener este código vigente, se entenderá que es conveniente que la Policía tenga esas atribuciones, es parte de una concepción de un Estado autoritario que no respeta los derechos de las personas”.

“Yo creo que se supone que contribuye de alguna manera a la posibilidad de que la Policía cumpla mejor con su función, esta posibilidad de actuar discrecionalmente, de detener a quien se le ocurre por el motivo que sea”, explicó.

Baca sostuvo también que “este tema no se llega a plantear en la Justicia, lo que pasa es que el que aplica la sanción es el Jefe de Policía, la sanción normalmente se aplica a los sectores más vulnerables, en función de la condición social de la persona, de la orientación sexual o de algún otro motivo por el cual esa persona pueda ser discriminada”.

“La sanción es un arresto que puede transformarse en una multa, la familia o los amigos hacen una vaquita y pagan la multa, es decir, que es más fácil cumplir un día de arresto o pagar una multa que llevar este tema a la Justicia, es decir que es un tema que tiene poca importancia como para que se justifique llevar adelante un juicio y hacer levantar la sanción. Además, como se lo aplica a gente que carece de recursos, eso también conspira para que no se plantee la constitucionalidad de la ley en la Justicia”.

“De todas maneras, hay sentencias judiciales en Jujuy y en otras provincias argentinas, que hace muchos años dicen que este tipo de normas son inconstitucionales”, expresó.



Finalmente, Baca se refirió a la inconstitucionalidad del actual Código de Faltas o Código Contravencional, afirmando que “el problema constitucional que tiene el Código de Faltas de Jujuy es que la Constitución de Jujuy dice que las sanciones las tiene que aplicar el Poder Judicial y que el Poder Ejecutivo no puede aplicar sanciones. Como en el Código de Faltas las sanciones las aplica el Jefe de Policía, que es un funcionario dependiente del Poder Ejecutivo, eso es contrario a la Constitución”.

“El problema de los edictos es aún más grave porque los mismos los dicta el propio Jefe de Policía. Cuando llega el Carnaval o suceden este tipo de situaciones, el Jefe de Policía dicta normas y obviamente eso es contrario a la Constitución de Jujuy. En la Constitución es la Legislatura quien dicta las sanciones en el caso de faltas provinciales o los concejos deliberantes en cuestiones que tienen que ver con la Municipalidad. Acá el Jefe de Policía ejerce funciones legislativas”, concluyó.