Las jubilaciones compulsivas significarán el 35% de los haberes actuales
Las apreciaciones cayeron como un balde de agua fría en la dirigencia gremial, durante la última reunión que mantuvieron con el gobierno de la provincia. Nadie entendía cual era la intensión del funcionario, al hacer este “sincericidio”, pero es real y legalmente aplicable a todos los trabajadores que están etapa o edad para jubilarse.
El blanqueo que propuso el gobierno a través de las Leyes Nº 4.307 y Nº 5.794 y el Decreto Acuerdo Nº 4816-H, tendrá una incidencia mínima en el haber jubilatorio y en todos los casos, el personal que se acoja a esta situación, siempre percibirá como máximo 35% del sueldo que tiene hoy. Este haber, seguramente será compensado con el haber mínimo jubilatorio que hoy es de 3.860 pesos.
Por más que se blanquee o se transforme en remunerativo y bonificables, los adicionales no remunerativos bonificables que a la fecha perciben los trabajadores del Estado provincial comprendidos en el régimen de las Leyes Nº 3161, Nº 4412, Nº 4135, CC Nº 55/89 y agentes de los poderes Legislativo, Judicial y Tribunal de Cuentas, no habrá diferencia salarial si no se modifica paralelamente el sueldo básico del trabajador, en igual periodo que le es requerido por el ANSES al momento de calcular el haber jubilatorio.
La ley citada, establece la transformación en remunerativos y bonificables algunos conceptos y adicionales de los sueldos de los trabajadores estatales. Pero estas sumas, mínimas, no tienen mayor incidencia en el salario y el ANSES toma como punto de partida para calcular el haber jubilatorio, el sueldo básico del trabajador a lo largo de los últimos diez años. Complementa con lo percibido por antigüedad y los aportes realizados. En estos dos últimos casos, los cálculos también se hacen sobre el salario básico que percibe hoy el empleado estatal.
Por lo tanto, el Estado estaría obligado a modificar el sueldo básico de los últimos diez años, recalcular la antigüedad y hacer nuevos aportes jubilatorios, para que el empleado pueda tener una jubilación digna.
Es imposible que lo haga, porque no habría presupuesto provincial o nacional que subvencione esta situación, porque además deberá pagar con retroactivo la jubilación y todos los demás beneficios que tienen los trabajadores, hasta los gremios se verían beneficiados, por cuanto también los aportes gremiales crecen y de igual manera sucede con los aportes de la obra social.
Por lo tanto, si aplica como está estipulada la Ley 5.794, que hace referencia a las “jubilaciones compulsivas”, los 3.500 empleados públicos que están en condiciones de jubilarse y que serían obligados por el Estado provincial a pasar al sector pasivo, percibirían un salario equivalente al 35% de su haber actual. En el caso de aquellos trabajadores que no lleguen con ese porcentaje, se le abonará el mínimo de 3.860 pesos y no será móvil y tampoco tendrá aumentos si no lo acuerda el Estado nacional.
Esta situación lo ratificó el Dr. Pedro Octavio Figueroa, especialista en materia jubilatoria y asesor de distintas instituciones que pelean por los derechos de los trabajadores.
Aclaró, el letrado, que lo ideal sería que el Estado provincial modifique a partir de la fecha el básico del trabajador que esté dentro del periodo de los 10 años para jubilarse; lo lleve al mínimo de 3.860 pesos; realice los aportes jubilatorios en base a ese monto; y se pague la antigüedad también sobre ese monto, porque son estos tres ítems lo que básicamente tiene en cuenta el ANSES para calcular la jubilación: el básico, los aportes y la antigüedad. Luego se suman los adicionales remunerativos y se descartan los no remunerativos y no bonificables.
En estas condiciones recién el empleado en diez años podrá tener una jubilación digna y que le permita transitar con tranquilidad los últimos años de su vida. De lo contrario, seguirá bajo un régimen de una jubilación de pobre, que no supera ninguna expectativa del trabajador.
A las personas que están próximo a jubilarse o de ser jubiladas compulsivamente, el Estado provincial debería compensarle con algún subsidio o contribución que se deber hacer necesariamente con fondos provinciales, como sucede en la vecina provincia de Salta, atendiendo a que es el Estado el que descuidó el haber del trabajador y lo llevó a situaciones límites que hoy hacen que se tengan que jubilar con sueldos miserables.