Elecciones: todos podrán votar en octubre
Los ciudadanos que se negaron a participar de las elecciones primarias el pasado domingo, tendrán la posibilidad de hacerlo en las elecciones generales del 23 de octubre sin justificar su ausencia.
Lo resolvió ayer la Cámara Nacional Electoral, al dejar sin efecto una decisión que había tomado en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires la jueza federal electoral María Servini de Cubría.
La magistrada, según su particular interpretación de la ley, había decidido, como una forma de asegurar la presencia de votantes en las elecciones primarias, que quien no se presentara a sufragar no podría hacerlo luego.
La medida se tomó teniendo en cuenta que era la primera vez que se hacían las primarias y que no estaba en juego la elección de ningún precandidato presidencial, pues los postulantes ya habían sido decididos por los partidos internamente.
Como algunos jueces electorales del país se manifestaron de acuerdo y otros, en desacuerdo con la decisión de Servini de Cubría, y el dictado de sentencias contradictorias en este punto podía traer aparejado un escándalo jurídico, la Cámara Nacional Electoral revocó la medida.
Quien no haya votado el domingo pasado puede hacerlo el 23 de octubre, aun cuando no hubiera concurrido ante la justicia electoral de su jurisdicción a justificar su ausencia.
Los votantes que omitieron sufragar tienen un plazo de 60 días para presentarse ante las autoridades de la justicia electoral del lugar donde están empadronados para justificar la no emisión del voto.
Le recordaron a Servini de Cubría que la ley establece que el voto es obligatorio tanto en las primarias como en las generales, y que la inhabilitación para que un ciudadano vote deben estar expresadas de manera taxativa en la ley.
Y como si se tratara de una clase de instrucción cívica, citaron un fallo del propio tribunal, que habla de la importancia del voto en la democracia como la manera de expresar la voluntad soberana de la Nación y una sentencia de la Corte, que recuerda: "El carácter universal del sufragio hace a la sustancia del Estado constitucional contemporáneo".
Ese fallo sostuvo que la función del voto "es hacer posible el gobierno del pueblo o de una de sus mayorías, aproximando el ideal democrático a la realidad de la vida".
El Gobierno públicamente prefirió no contradecir la decisión de Servini de Cubría, pero el tribunal electoral, desde un primer momento, analizaba las consecuencias que podría tener sobre los comicios generales.
Fuente: La Nación

