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El Estado Nacional deberá garantizar provisión de combustible

La Cámara Federal de Salta ordenó a la Subsecretaría de Combustible de la Nación, garantizar la provisión de combustible en cantidad suficiente y regular en la provincia de Jujuy.

De esta manera, la Cámara confirmó la medida cautelar dispuesta por el Juzgado Federal Nro 2 de Jujuy. En efecto, la justicia federal, a cargo del Dr. Mariano Wenceslao Cardozo como juez de feria, ordenó esta medida con el objeto de proteger los derechos de los usuarios y consumidores jujeños que estaban siendo afectados por la escasez de combustible.

El anuncio de la nueva decisión judicial conocida en el día de la fecha, fue efectuado esta tarde por legisladores de la UCR que promovieron la acción judicial para preservar los derechos de los usuarios y consumidores de Jujuy y poner término a la serie de perjuicios que viene generando la escasez de combustibles.

En ese marco, el senador Morales aseguró que los legisladores del radicalismo que promovieron la demanda, se abocarán ahora al cumplimiento efectivo de la disposición judicial emanada hoy por la Cámara Federal de Salta integrada por los Dres. Renato Rabbi Baldi, Roberto Loutayf y Jorge Luis Villada. El legislador radical anticipó que insistirán con un pedido efectuado a la justicia federal, a los efectos de que se aplique una multa (astreintes) a los funcionarios nacionales que incumplan con la disposición judicial y no efectivicen la provisión habitual de combustible en todas las expendedoras ubicadas en el territorio jujeño.
 
El Vicepresidente del Senado, durante el encuentro con la prensa, fustigó fuertemente la política energética del Gobierno Nacional. “La Presidenta Cristina Fernández se agravia y se queja porque el Gobierno Nacional ha tenido que gastar alrededor de 9 mil millones de pesos en la importación de combustible. Habría que recordarle a la mandataria que desde hace 8 años su partido gobierna el país” dijo.

El senador interpretó que la crisis energética tiene que ver con “la ausencia de una política clara que ha permitido una ostensible reducción de la reservas y que no ha garantizado que en el sector de hidrocarburos se realicen las inversiones necesarias para incrementar la exploración y garantizar en definitiva el combustible suficiente en el país”.

Cuestionó particularmente el estado de YPF y responsabilizó al Gobierno nacional de haber aceptado que se distribuyan los dividendos para la compra de la empresa, cuando debieron dirigirse a invertir en trabajos de exploración.

Cabe recordar que la medida judicial emitida en la presente jornada, llegó al tribunal de alzada de Salta, tras la apelación interpuesta por el Estado Nacional al conocer la decisión del juez de Jujuy, obligando a garantizar la provisión de combustible. Los argumentos planteados por el Estado Nacional fueron desestimados por la Cámara Federal que valoró positivamente los elementos de pruebas aportados por los legisladores de la UCR.

En la demanda los legisladores habían probado la situación de escasez registrada en las diferentes estaciones de servicio de la provincia y a tal efecto, acompañaron actas notariales e incorporaron también notas periodísticas sobre la problemática difundida por los medios nacionales y provinciales.

La demanda se fundó en la necesidad de garantizar el cumplimiento de los artículos 42 y 43 de la Constitución nacional que reconocen expresamente a los usuarios, el derecho en la relación de consumo, a condiciones de trato digno y equitativo y pone en cabeza de las autoridades la obligación de proveer a la protección de este derecho y a la calidad y eficacia de los servicios públicos.

Es oportuno resaltar, que el tribunal salteño, advirtió además “como un hecho notorio o evidente, que en el ámbito de la jurisdicción de esta Cámara,  la ostensible falta de combustible ha traído aparejado que expendedoras de fluido estudien adoptar medidas de restricción laboral con sus empleados, circunstancia que, de concretarse, perjudicará todavía más el resguardo de los derechos del consumidor, además de generar otras consecuencias de carácter social ajenas a lo que cabe resolver en esta causa pero que el Tribunal tampoco puede ignorar”.

Reconoce la Cámara que “la falta de combustible apareja para usuarios y consumidores la privación o la dificultad para conseguir este elemento necesario en la utilización de medios de transporte y en otros menesteres que son prácticamente indispensables en la vida actual”.

Finalmente, los jueces de la Cámara indicaron que “corresponde declarar la omisión –prima facie- de la autoridad nacional de proveer a la protección de los derechos de los consumidores” y exhortaron a la parte demandada “al cumplimiento de lo dispuesto por la sentencia” originaria, ordenando las medidas positivas que resulten conducentes a tal fin.