Esto se debe a las actuaciones iniciadas con motivo de la conducta de afiliados que participaron, promovieron o acompañaron fuerzas políticas que compitieron electoralmente contra el Partido Justicialista en las elecciones provinciales y nacionales de los años 2024 y 2025.
Considerando que el Partido Justicialista no es una mera estructura electoral sino un movimiento político doctrinario, fundado en principios históricos claros, entre los que se destacan la lealtad al movimiento, la unidad de acción, la organización por sobre los personalismos y la subordinación de los intereses individuales a los intereses colectivos del pueblo.
En tal sentido informaron que el afiliado Rubén Armando Rivarola, en ocasión de los procesos electorales desarrollados durante el año 2025, promovió y acompañó públicamente la Frente Primero Jujuy Avanza – Lista N° 501- Elecciones Nacionales del 26 de Octubre de 2025), fuerza política que compitió electoralmente por fuera del Partido Justicialista – Distrito Jujuy, sin contar con autorización partidaria, incurriendo en una conducta expresamente prohibida por el artículo 11º de la Carta Orgánica partidaria.
Que, asimismo, el mencionado afiliado obstaculizó de manera reiterada el proceso de normalización institucional del Partido Justicialista en la provincia, sosteniendo una conducta política objetivamente funcional al partido gobernante provincial y adoptando prácticas incompatibles con el rol histórico del peronismo como fuerza opositora, utilizando la estructura partidaria en detrimento de los intereses colectivos del pueblo peronista.
Que igual reproche disciplinario corresponde marcar respecto de aquellos afiliados que sin ser candidatos, asumen posiciones públicas de promoción, difusión y participación en las campañas electorales de las agrupaciones antagónicas, en procura de vencer a los candidatos postulados por el Justicialismo.
Estos supuestos se encuentran detallados en el Anexo II conjuntamente con quienes facilitaron la aprobación de la reforma constitucional de la provincia producida en el año 2023, bajo gravísimos cuestionamientos sobre su falta de legitimidad, incumplimiento de consulta previa e informada las comunidades originarias, eliminación de órganos de control público y de concentración del poder político.
Como es el caso de Guillermo Raúl Jenefes quien no solo fue presidente del bloque convencionales constituyentes que aprobaron la reforma mencionada, sino que ha realizado una campaña de desprestigio público permanente sobre los candidatos del partido justicialista en las últimas elecciones del 2025 tanto a nivel provincial como nacional.
Los Interventores del Partido Justicialista – Distrito Jujuy resuelven:
Artículo 1º.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto de la afiliada Carolina Moisés, por presunta grave inconducta partidaria en los términos de los artículos 10º y 11º de la Carta Orgánica del Partido Justicialista – Distrito Jujuy.
Artículo 2º.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto del afiliado Rubén Armando Rivarola, por presunta grave inconducta partidaria conforme las mismas normas.
Artículo 3º.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto del afiliado Guillermo Raúl Jenefes, por presunta grave inconducta partidaria conforme las mismas normas.
Artículo 5º.- Declarar e instrumentar la Suspensión Temporaria de la Afiliación de las personas mencionadas en los artículos precedentes, con carácter cautelar, conforme Art. 60 inc. d) de la Carta Orgánica, quedando suspendidos todos sus derechos partidarios hasta la resolución definitiva de los procedimientos disciplinarios.
Artículo 8º.- Disponer la baja inmediata y total del proceso electoral interno del Partido Justicialista – Distrito Jujuy actualmente en curso, por razones de gravedad institucional.
Artículo 9º.- Convocar a un nuevo proceso electoral interno, el cual se llevará a cabo en fecha 24 de Abril de 2026.