La multa por pirotecnia sonora llega a los $8 millones
- Recuerdan que está prohibida la venta y uso de pirotecnia sonora en Jujuy.
- Quienes la utilicen deberán pagar hasta $2.000.000, quienes la vendan hasta $8.000.000.
- El juez contravencional, Matías Ustarez, habló sobre la normativa.
Hace más de dos años en la provincia se sancionó la Ley 6.187 que prohíbe el uso y venta de pirotecnia sonora, no así la lumínica. Pese a que esta normativa rige para todo el territorio jujeño, vecinos denuncian que en festividades religiosas y eventos deportivos no se cumple como tal.
En esta línea quienes no obedezcan con lo que dicta la ley deberán pagar multas de millones de pesos. El Juzgado Contravencional N° 1, a cargo de Matías Ustarez, indicó a JujuyalMomento que se aplicarán multas de hasta $8.000.000 a quienes comercialicen estos fuegos artificiales; y hasta $2.000.000 a quienes las utilicen.
Señaló que es importante que la comunidad se comprometa y denuncie si detectan que se esté utilizando o vendiendo pirotecnia sonora. Las personas deberán comunicarse a través de las líneas 911, 100, dirigiéndose a la comisaría más cercana o al Juzgado Contravencional N° 1.
Incumplir una ordenanza que protege la salud de adultos mayores, niños con autismo y animales, es una clara muestra de falta de empatía e incumplimiento a la Ley Nº 6187.